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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 140

140 NORMAS LEGALES Martes 29 de diciembre de 2020 / El Peruano Nota 8 Las reglas de origen establecidas en el Apéndice 2 para los productos listados a continuación aplicarán siempre y cuando el Reino Unido mantenga un arancel consolidado OMC de 0 por ciento para dichos productos. Si el Reino Unido incrementa el arancel consolidado OMC aplicable a estos productos, la siguiente regla conferirá origen a los productos exportados de Colombia, Ecuador o el Perú al Reino Unido dentro de los contingentes anuales establecidos por país como se indica a continuación: Partida SADescripción del productoElaboración o transformación aplicada en los materiales no originarios que con fi ere el carácter originario (1) (2) (3) o (4) 7209 a 7214Productos laminados planos de hierro o acero sin alear; alambrón de hierro o acero sin alear; barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminadoFabricación en la cual todos los materiales utilizados se clasi fi can en una partida diferente a la del productoFabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda el 50 por ciento del precio franco fábrica del producto 7216 a 7217Perfi les y alambre de hierro o acero sin alearFabricación en la cual todos los materiales utilizados se clasi fi can en una partida diferente a la del productoFabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda el 50 por ciento del precio franco fábrica del producto 7304 a 7306Tubos y per fi les huecos de hierro o aceroFabricación en la cual todos los materiales utilizados se clasi fi can en una partida diferente a la del productoFabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda el 50 por ciento del precio franco fábrica del producto 7308Construcciones y sus partes de hierro o acero; chapas, barras, per fi les, tubos y similares de hierro o acero, preparados para la construcciónFabricación en la cual todos los materiales utilizados se clasi fi can en una partida diferente a la del productoFabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda el 50 por ciento del precio franco fábrica del producto Partida SA DescripciónColombia (Tone- ladas Métricas)Perú (Tone- ladas Métricas)Ecuador (Tone- ladas Métricas) 7209Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir13.620 13.620 13.620 7210Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos13.620 13.620 13.620 7211Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir 7212Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos13.620 13.620 13.620 7213Alambrón de hierro o acero sin alear13.620 13.620 13.620Partida SA DescripciónColombia (Tone- ladas Métricas)Perú (Tone- ladas Métricas)Ecuador (Tone- ladas Métricas) 7214Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado13.620 13.620 13.620 7216 Per fi les de hierro o acero sin alear 13.620 13.620 13.620 7217Alambre de hierro o acero sin alear6.810 6.810 6.810 7304Tubos y per fi les huecos, sin soldadura (sin costura), de hierro o acero6.810 6.810 6.810 7305Los demás tubos (por ejemplo: soldados o remachados) de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero6.810 6.810 6.810 7306Los demás tubos y per fi les huecos (por ejemplo: soldados, remachados, grapados o con los bordes simplemente aproximados) de hierro o acero13.620 13.620 13.620 7308Construcciones y sus partes de hierro o acero; chapas, barras, perfi les, tubos y similares de hierro o acero, preparados para la construcción6.810 6.810 6.810 Cuando el 50 por ciento del contingente se haya alcanzado en un determinado año, se aumentará el tonelaje anual para el año siguiente en 50 por ciento. La base de cálculo será el monto del contingente del año anterior. Estas cantidades, así como su método de cálculo, podrán ser revisadas a solicitud de cualquier Parte y de mutuo acuerdo con las otras Partes. Nota 9La siguiente regla conferirá origen a los productos exportados de Colombia, Ecuador o el Perú al Reino Unido dentro de los contingentes anuales establecidos por país como se indica a continuación: Partida SADescripción del producto Elaboración o transformación aplicada en los materiales no originarios que con fi ere el carácter originario (1) (2) (3) o (4) 7321 Estufas, calderas con hogar, cocinas, incluidas las que puedan utilizarse accesoriamente para calefacción central, barbacoas (parrillas), braseros, hornillos de gas, calientaplatos y aparatos no eléctricos similares, de uso doméstico, y sus partes, de fundición, hierro o aceroFabricación en la cual todos los materiales utilizados se clasi fi can en una partida diferente a la del productoFabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda el 50 por ciento del precio franco fábrica del producto 7323 Artículos de uso doméstico y sus partes, de fundición, hierro o acero; lana de hierro o acero; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos, de hierro o aceroFabricación en la cual todos los materiales utilizados se clasi fi can en una partida diferente a la del productoFabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda el 50 por ciento del precio franco fábrica del producto