Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2020 (11/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de enero de 2020 /

El Peruano

Quinta.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1844642-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 000276/MDSA, que aprueba Amnistía General Tributaria y No Tributaria en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000023-2019/MDSA Santa Anita, 31 de diciembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe Nº 172-2019-SGRCRT/GSAT/ MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el Informe Nº 078-2019-GSAT/ MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe Nº 1047-2019-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 946-2019MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 000276/MDSA publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 10 de Diciembre de 2019, se aprueba la Amnistía General Tributaria y No Tributaria en el distrito de Santa Anita hasta el 31 de Diciembre de 2019 y en la Primera Disposición Final faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la mencionada Ordenanza; Que, de acuerdo al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las

Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, con el Informe Nº 172-2019-SGRCRT/ GSAT/MDSA la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria y el Informe Nº 078-2019-GSAT/ MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria consideran necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 000276/MDSA que aprueba la Amnistía General Tributaria y No Tributaria en el distrito de Santa Anita hasta el 31 de Diciembre de 2019, a fin de cumplir con las metas propuestas y en virtud al comportamiento de pago del vecino se ha visto conveniente proponer la prórroga hasta el 30 de Enero de 2020; Que, el Informe Nº 1047-2019-GAJ/MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable para la emisión del proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 000276/MDSA que establece beneficios e incentivos tributarios y administrativos a los contribuyentes del distrito de Santa Anita; Que, mediante Memorándum Nº 946-2019-MDSA/ GM la Gerencia Municipal remite los documentos para proyectar el respectivo Decreto de Alcaldía conforme a ley; Estando a los considerandos antes mencionados, y lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la norma citada; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Enero de 2020 la vigencia de la Ordenanza Nº 000276/ MDSA, que aprueba Amnistía General Tributaria y No Tributaria en el distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 1844656-1

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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