Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2020 (11/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Sábado 11 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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El Consejo Regional del Gobierno Regional de lca, en Sesión Ordinaria del día 30 de diciembre de 2019. VISTO el Dictamen N° 007-2019-CRI/CPPYAT, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ica; Memorando N° 3112019-GR sobre la solicitud de aprobación de la Ordenanza Regional que regula el PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2021. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece que, los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para la su administración económica y financiera, un pliego presupuestal; sumado a ello, el artículo 192° del mismo cuerpo normativo establece que, los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, conforme al artículo 5° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, señala que: "Es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región"; asimismo mediante el literal h) del numeral 2 del artículo 10° de la citada Ley, establece que: "Son competencias compartidas del Gobierno Regional, la participación ciudadana, alentando la concertación entre los intereses públicos y privados en todos los niveles"; Que, el artículo 32° de la mencionada Ley, señala que: "La gestión del Gobierno Regional se rigen por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobado de conformidad con las políticas nacionales y en cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente"; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria mediante la Ley N° 29298, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF, y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 131-2010-EF, prescribe que, el proceso de Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil, el cual se realiza en armonía con los planes de desarrollo concertado de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, quienes promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos; Que, de conformidad al Decreto Supremo N° 1422009-EF, que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056 y, el Decreto Supremo N° 131-2010-EF, que modifica el artículo 6° del mencionado Reglamento, se precisan los lineamientos que permiten regular la participación de la sociedad civil en el proceso de Presupuesto Participativo; Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 097-2009EF y modificatoria, se precisan los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, en el marco del proceso del Presupuesto Participativo. Los criterios para delimitar los Proyectos de Inversión Pública se establecen en concordancia con la normatividad vigente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, "Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", el cual establece los mecanismos y pautas necesarias para orientar el desarrollo articulado del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en

Resultados; asimismo, el segundo párrafo del numeral 1 del Capítulo II del Instructivo en mención, refiere que: "Es necesaria la aprobación de la Ordenanza para reglamentar el Proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del equipo técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego"; Que, el Consejo Regional en sesión ordinaria del 30 de diciembre del 2019, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, los Artículos 13º, 15º y 38º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, la Ordenanza Regional Nº 0015-2013-GORE-ICA, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y la Ordenanza Regional Nº 0013-2019-GORE-ICA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, con dispensa de la aprobación del acta de la fecha. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: "ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2021" Artículo Primero.- APROBAR las "Disposiciones Generales que Regulan el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2021", el mismo que consta en el Anexo N° 01, y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR los "Mecanismos de Identificación y Acreditación de los Agentes Participantes para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2021", el mismo que consta en el Anexo N° 02, y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR la "Conformación del Equipo Técnico y sus Responsabilidades Durante el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2021", el mismo que consta en el Anexo N° 03, y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- APROBAR el "Plan Anual Cronograma para el Desarrollo de las Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2021, el mismo que consta en el Anexo N° 04, y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- FACULTAR a la Gobernación Regional para aprobar las disposiciones que desarrollen los procedimientos derivados de la presente Ordenanza, incluyendo la modificación de los Anexos de la misma. Artículo Sexto.- FACULTAR a la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que garantice la adecuada implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de lca. (www.regionica.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador Regional, para su promulgación. JORGE LUIS NAVARRO OROPEZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la sede del Gobierno Regional de lca. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS Gobernador Regional de Ica 1844030-1

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