Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2020 (15/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

80

NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de enero de 2020 /

El Peruano

Que, dentro de este marco legal, la Municipalidad requiere contar con la Organización Administrativa eficiente, simplificada y que responda a las reales necesidades de la Comunidad, pese a ello las anteriores modificaciones a la Estructura Orgánica no ha cumplido con sus fines, de modo que se debe adecuar dicha Estructura Orgánica. Que, el artículo 28 de la Ley Orgánica de Municipalidades solo prevé una Estructura Orgánica básica de la Municipalidad en el ámbito administrativo, lo que da un margen de discrecionalidad a la Autoridad Municipal para diseñar una nueva cultura administrativa acorde a los principios que rigen la actividad Administrativa y acorde con las nuevas estrategias de la actual Gestión Municipal Que, el pleno del Concejo Municipal de Conformidad con lo establecido en el artículo 9º inciso 3) de la Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE Artículo Primero.- APROBAR la nueva Estructura

Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Supe que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.DEROGAR todas las disposiciones legales que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al secretario General de la Municipalidad Distrital de Supe la publicación de la presente Ordenanza conforme lo dispone el artículo 44º inciso 3) de la Ley Nº27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, así como la difusión a las oficinas para conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Dado en la ciudad de Supe, a los 18 días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. LUIS ALBERTO SOSA HIDALGO Alcalde 1845444-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS APROBATORIAS Y LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN SU PORTAL WEB
De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modificación, así como el Anexo (TUPA) en el Diario Oficial El Peruano y en su Portal Web, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modificación se publicará en el medio impreso del Diario Oficial El Peruano, tal como se dispone en el Art. 38.2 de la Ley Nº 27444. Adicionalmernte, la norma que aprueba el TUPA o su modificación, así como su respectivo Anexo (TUPA), se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Esta publicación en la web es de carácter gratuita, tal como se dispone en el Art. 38.3 de la Ley Nº 27444. 2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán mediante oficio de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modificación, en el Diario Oficial El Peruano. b) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modificación, así como su respectivo Anexo (TUPA) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Asimismo, en el Oficio precisarán que: "el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo tupaweb@editoraperu.com.pe, son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad". 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: a) La norma aprobatoria del TUPA o su modificación, se recibirá en medio impreso refrendado por persona autorizada y adicionalmente en archivo electrónico mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe. b) El anexo (TUPA) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a tupaweb@ editoraperu.com.pe, mas no en versión impresa. El archivo electrónico del TUPA (anexo) deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. c) El tipo de letra Arial. d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos. e) El interlineado sencillo. f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. g) El archivo no debe contener encabezado ni pie de página. h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El archivo electrónico de la norma aprobatoria del TUPA o su modificación, deberá presentarse en formato Word, conteniendo en la parte correspondiente, la siguiente información: Nombre de la institución. Tipo y número de la norma. Fecha de emisión. Nombre y cargo de la autoridad que firma dicho documento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

4.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.