Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2020 (16/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

28

NORMAS LEGALES

Jueves 16 de enero de 2020 /

El Peruano

responsabilidades a que hubiere lugar y el inicio de las acciones legales en caso corresponda. 2.5.2 Aceptar la donación de bienes muebles e inmuebles provenientes de personas naturales o jurídicas, conforme a los límites establecidos por la ley de la materia. 2.5.3 Regular, administrar y emitir los actos destinados o vinculados a la administración, disposición, adquisición, transferencia, donación, registro y supervisión de los bienes, con excepción de las donaciones o aceptación de donaciones de bienes inmuebles, de acuerdo con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°007-2008-VIVIENDA, así como sus modificatorias y demás normas complementarias. 2.5.4 Suscribir en nombre y representación del Foncodes, la documentación que resulte necesaria para presentar a la SUNAT, con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones tributarias de la Entidad. 2.5.5 Suscribir en nombre y representación del Foncodes, la documentación que resulte necesaria para presentar a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ­ AFP, con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones de trámites y pagos respecto de las retenciones efectuadas en las respectivas planillas de pago de la Entidad. 2.5.6 Suscribir en nombre y representación del Foncodes, la documentación que resulte necesaria para presentar al Programa Nacional de Bienes Incautados ­ PRONABI, en el marco del Decreto Supremo N° 0112017-JUS, para la asignación en uso temporal y definitiva de los bienes incautados, decomisados y/o declarados en perdida de dominio, que se encuentren bajo la competencia del PRONABI. Artículo 3.- Delegación de facultades y atribuciones en la/el Jefa/e de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Delegar en la/el Jefa/e de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Fondo de Cooperación para el Desarrollo ­ Foncodes, para el Año Fiscal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: 3.1 Supervisar la correcta implementación de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la Entidad, contenidas en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y demás normas, complementarias vinculadas con la materia. Artículo 4.- Delegación de facultades y atribuciones en la/el Jefa/e de la Unidad de Recursos Humanos Delegar en la/el Jefa/e de la Unidad de Recursos Humanos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ Foncodes, durante el ejercicio fiscal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: 4.1 En materia administrativa 4.1.1 Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal relacionadas a asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, remuneraciones, destaques, suscripción y/o renovación de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarios para una adecuada conducción y dirección del personal de la entidad comprendido en el régimen de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, así como el personal comprendido en el régimen especial de contratación laboral del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios. 4.1.2 Suscribir en nombre y representación del Foncodes, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. 4.1.3 Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado, previa conformidad del Jefe inmediato. 4.1.4 Suscribir, en representación del Foncodes, los convenios de Prácticas Profesionales, Pre Profesionales u otros, celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley N°

28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2005-TR. Artículo 5.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente resolución, no exime al funcionario delegado de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6.- De las actuaciones realizadas Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente resolución, informarán trimestralmente al Director Ejecutivo de Foncodes, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 7.- De la notificación y publicación Notificar la presente resolución a los funcionarios en quienes han sido delegadas las facultades y atribuciones; así como disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Foncodes (www.foncodes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO P. VILA HIDALGO Director Ejecutivo Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1845924-1

EDUCACION
Apruban "Norma Técnica: Disposiciones para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2020"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 027-2020-MINEDU Lima, 15 de enero de 2020 VISTOS, el Expediente N° 2019-0261542, los Informes N° 01260-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y 00012-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, conjuntamente con la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados y la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el Informe N° 01319-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 00028-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, el Informe N° 00033-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y el Informe N° 00037-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto conjuntamente con la Dirección General de Desarrollo Docente y la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; los Memorándum N° 00993-2019-MINEDU/ SPE-OPEP, 01023-2019-MINEDU/SPE-OPEP, 00021-2020-MINEDU/SPE-OPEP, 00028-2020-MINEDU/ SPE-OPEP, 00035-2020-MINEDU/SPE-OPEP y 00040-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 00065-2020-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N° 00020-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.