Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2020 (16/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Jueves 16 de enero de 2020 /

El Peruano

b. Aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. c. Aprobar la Matriz de Compromisos de Mejora de Desempeño a que se refiere la Directiva Nº 007-2019EF/50.01 aprobada por Resolución Directoral Nº 0302019-EF/50.01. 3.2 En materia administrativa y de gestión: a. Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General. b. Autorizar las contrataciones y los respectivos Términos de Referencia del servicio, así como las prórrogas o renovaciones de los contratos, con cargo al FAG, que se requieran en su respectivo despacho, en el Despacho Ministerial y en los órganos dependientes de la Secretaría General. c. Suscribir los contratos, adendas y otros documentos relacionados con los consultores contratados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento MVCS, con cargo al FAG. d. Representar al Titular de la Entidad y/o designar a los representantes del MVCS ante Comisiones Multisectoriales, Comisiones, Comités y Grupos de Trabajo donde participan los programas o intervenciones del MVCS o del sector, en los casos que la normativa lo permita. e. Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales. f. Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP, de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General. g. Aprobar los instrumentos de gestión, tales como metodologías, planes estratégicos y operativos, reglamentos, lineamientos, guías, manuales, protocolos u otros de alcance sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, siempre que la normativa lo permita. IV. DELÉGASE EN EL/LA DIRECTOR/A GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, LAS FACULTADES Y/O ATRIBUCIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: Emitir la carta de Compromiso de Priorización de Recursos para Proyectos de Inversión que se ejecuten parcial o totalmente en años fiscales siguientes, a que se refiere el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF, teniendo en cuenta el límite de los créditos presupuestarios financiados con recursos del Tesoro Público que corresponda a la Entidad para cada año fiscal, a los que se refiere el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. V. DELÉGASE EN EL/LA DIRECTOR/A GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, RESPECTO DE LA UNIDAD EJECUTORA 001: MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO ­ ADMINISTRACIÓN GENERAL, LAS FACULTADES Y/O ATRIBUCIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: 5.1 En materia de contrataciones del Estado a. Aprobar y/o modificar el Plan Anual de Contrataciones, así como evaluar y supervisar su ejecución. b. Aprobar las Contrataciones Directas tipificadas en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225. c. Aprobar el proceso de estandarización para la contratación de bienes y/o servicios en general. d. Aprobar los documentos de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios en

general, consultorías u obras, incluyendo las referidas a las contrataciones directas. e. Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección para la contratación de ejecución de obras o consultoría de obras. f. Aprobar la asignación suficiente de recursos en el supuesto que se supere el valor estimado o valor referencial del procedimiento de selección. g. Aprobar y/o modificar los Expedientes de Contratación para la contratación de bienes, servicios y/u obras, de todos los tipos de procedimientos de selección. h. Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, que tendrán a cargo los procedimientos de selección; así como autorizar la modificación de la conformación del comité de selección. i. Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los comités de selección. j. Cancelar total o parcialmente el procedimiento de selección para la contratación de bienes, servicios y/u obras. k. Autorizar las prestaciones adicionales y reducciones hasta por el monto máximo previsto en la normativa de contrataciones del Estado, para la contratación de bienes, servicios y consultorías, de todos los tipos de procedimientos de selección. l. Autorizar la reducción hasta por el monto máximo previsto en la normativa de contrataciones del Estado, para la contratación de obras. m. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en contratos de bienes, servicios en general, consultorías u obras. n. Aprobar el pago de gastos generales o mayores gastos generales variables que se podrían generar como consecuencia de las ampliaciones de plazo otorgadas en los contratos de bienes, servicios en general, consultoría u obras. o. Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procedimientos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, u organismos internacionales, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. p. Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas nacionales para contratar bienes y servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogenizar las características de los bienes y servicios en general, y otros establecidos en la normativa de contrataciones. q. Resolver el recurso de apelación cuando se trate de procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, incluyendo aquellos casos donde se tenga la condición de entidad encargada. r. Autorizar la postergación hasta por un plazo máximo de dos (2) días hábiles del otorgamiento de la buena previo informe de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial que explique las razones debidamente justificadas para la postergación, de acuerdo con el artículo 32 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios a que se refiere el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. s. Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor referencial o valor del ítem impugnado no supere las dos mil cuatrocientas (2400) Unidades Impositivas Tributarias ­ UIT, de acuerdo con los artículos 46 y 51 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios a que se refiere el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. t. Autorizar el pago por mayores metrados en los contratos de obra bajo el sistema de precios unitarios, de conformidad con el numeral 90.10 del artículo 90 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios a que se refiere el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. 5.2 En materia administrativa y de gestión a. Ejercer la representación legal de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y

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