Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2020 (22/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 22 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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VISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú (en adelante, el Banco) para que se le autorice la conversión de una (01) agencia a oficina especial, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 4675-2018 se autorizó al Banco la apertura de la agencia señalada en la solicitud; Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y de conformidad con lo señalado en el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Scotiabank Perú la conversión de una (01) agencia a oficina especial, según el siguiente detalle:
Nombre Tipo de Tipo de de la oficina oficina Dirección Oficina (Anterior) (Actual) Departamento

para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 16 de enero de 2020, ha considerado pertinente aceptar la solicitud del señor Francisco Rodríguez-Larraín Labarthe postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 3814-2018 de fecha 02 octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS Nº 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Francisco Rodríguez-Larraín Labarthe, con matrícula número N-4848, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Distrito Provincia

Avenida Ricardo Oficina Rivera Rivera Na- San Isidro Agencia Especial Navarrete varrete Nº 680 - 690

Lima

Lima

CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1847710-1

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1847690-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Autorizan viaje del Gobernador Regional a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 1643-2020/GRP-CR Piura, 21 de enero de 2020 VISTO: Carta BIN/FBPD-PE N°320 (27.08.2019), Carta BIN N°008 (09.01.2020), Informe N° 001-2020/GRP420000 (14.01.2020), Memorando N° 050-2020/GRP100010 (13.01.2020), Informe N° 080-2020/GRP-460000 (14.01.2020), Memorando N° 064-2020/GRP-100010, (15.01.2020), Escrito de Reconsideración de fecha 17 de enero de 2020; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que: "Los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización Interna y su presupuesto"; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales;

Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 0244-2020 Lima, 16 de enero de 2020 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Francisco Rodríguez-Larraín Labarthe para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, se establecieron los requisitos formales

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