Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de enero de 2020 /

El Peruano

resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 010-2019-MDLP/AL, se aprobó el marco legal para la determinación y distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el distrito de La Punta para el ejercicio fiscal 2020; Que, el Artículo 9º de la mencionada Ordenanza, establece la periodicidad y vencimiento de pago, señalando qué: "Los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana son de periodicidad mensual. El plazo para efectuar el pago vence el primer día hábil del mes siguiente al que corresponde la obligación, salvo que la Municipalidad establezca una prórroga."; Que, la sexta Disposición Final de la Ordenanza Nº 010-2019-MDLP/AL, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida Ordenanza; Que mediante Informe Nº 014-2020-MDLP/GR de fecha 24 de enero de 2020, la Gerencia de Rentas propone ampliar el plazo de vencimiento de la cuota de arbitrios municipales del mes de enero de 2020, hasta el 29 de febrero de 2020, toda vez que es política de la presente gestión incentivar y establecer beneficios para el cumplimiento voluntario en el pago de sus obligaciones tributarias, por parte de los contribuyentes, siendo necesario, por ello otorgar facilidades que les permita el cumplimiento oportuno del pago de sus obligaciones; Estando a lo expuesto, contando con los vistos bueno de la Gerencia Municipal, Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Rentas; y en uso de las facultades otorgadas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE el plazo de Vencimiento de la Cuota de Arbitrios Municipales del mes de enero de 2020, hasta el 29 de febrero de 2020. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. PÍO FERNANDO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 1850972-1

CONSIDERANDO Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, según Carta Nº 053-2019/FLCH, de fecha 23 de diciembre del 2019 el Consultor en Gestión Pública, Favio Edson Laura Chambi hace entrega del TUPA, manifestando que se ha trabajado con todas la Unidades Orgánicas, a efecto de que la Municipalidad Provincial de Camaná cuente con un Instrumento de Gestión; de igual manera mediante Informe Nº 0343-GPPR/MPC, la Gerente de Planificación, Presupuesto y Racionalización traslada la Carta del Consultor con el Proyecto de TUPA 2019, conteniendo un total de 170 procedimientos, para su aprobación en Sesión de Concejo, de conformidad con el D.S. Nº 079-2007-PCM. Que, seguidamente, al amparo de los artículos y/o numerales 32º, 33.5º, 35.3º, 38.4º, 40.3º, 41.1º, 43, 44.7º 53.2º, 53.6º y 53.7º del TUO de la Ley Nº 27444, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019-JUS. Asimismo, de conformidad con el artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444, aprobado mediante DS Nº 004-2019-JUS que a la letra dice: "El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo". En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto de la mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ ­ TUPA 2019, CONTENIENDO 170 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CON SU RESPECTIVOS DERECHOS DE TRAMITES Artículo Primero.- APROBAR, EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ ­ TUPA 2019, CONTENIENDO 170 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CON SU RESPECTIVOS DERECHOS DE TRAMITES". Artículo Segundo.- Encárguese a todas la Dependencias de la Municipalidad Provincial de Camaná, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto cualquier otra ordenanza, que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- Encárguese la publicación de la presente Ordenanza, a la Oficina de Secretaria General y la Unidad de Imagen Institucional y Relaciones Publicas, la publicación integra con sus anexos en la Página web de la municipalidad. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCELO ALEJANDRO VALDIVIA BRAVO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 1850328-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANA
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Camaná - TUPA 2019
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 033-2019-MPC-C Camaná, 26 de diciembre del 2019 VISTOS, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de Diciembre del 2019, Informe Nº 0343-GPPR/ MPC, de fecha 23 de diciembre del 2019; la Gerente de Planificación, Presupuesto y Racionalización, remite el Proyecto Texto Único de Procedimientos Administrativos/ MPC - 2019 (TUPA/MPC-2019), Informe Nº 466-2019GAJ/MPC, de fecha 26 de Diciembre del 2019 y;

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