Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC CONSIDERANDO:

Viernes 31 de enero de 2020 /

El Peruano

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley antes glosada, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el 02 de febrero del presente año, se conmemora el 100° Aniversario de Creación Política del Distrito del Rímac, en tal sentido, siendo fecha de trascendencia para la población Rimense, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito del Rímac los sentimientos de identidad y revalorización de principios como el civismo, respeto y patriotismo; Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local, respectivamente, constituye una oportunidad inmejorable para reafirmar y fomentar entre los vecinos del Distrito del Rímac, los sentimientos de identidad nacional y local, así como la revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la patria, como medios para lograr la unión y prosperidad; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a

través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito del Rímac, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC, de las viviendas, instituciones públicas, privadas y locales comerciales del 28 de enero al 29 de febrero de 2020, con motivo de conmemorarse el 100° Aniversario de Creación Política del Distrito del Rímac. Artículo Segundo.- RECOMENDAR que todos los predios del distrito, estén debidamente presentados con la limpieza adecuada y el pintado de sus fachadas. Artículo Tercero.- El incumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Imagen y Comunicación Social, Gerencia de Fiscalización Administrativa, Gerencia de Servicios a la Ciudad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO GUILLERMO ROSARIO TUEROS Alcalde 1850780-1

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