Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Viernes 31 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD y sus modificatorias, define como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado y participativo con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios y lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres. Que en el artículo 2° de la Ley N° 29664- Ley que crea el sistema Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresSINAGERD, señala que su aplicación es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los tres niveles de gobierno, así como el sector privado y la ciudadanía en general. Que, el artículo 14, numeral 14.1 de la Ley N°29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, indica que los Gobiernos Regionales y Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres- PLANAGERD. Que, el artículo 39° numeral 39.1 del decreto Supremo N° 048-2011-PCM. Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresSINAGERD, refiere que, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan los planes entre ellos "Los Planes de Contingencia". Que, en el Plan de Desarrollo Concertado 2017-2021 del distrito de Independencia, aprobado por Ordenanza N° 343-2016-MDI, se tiene considerado en su Objetivo Estratégico 5 "Reducir el riesgo de desastres de las personas viviendas y sus medios de vida, para un crecimiento urbano ordenado en el distrito". Que, con informe N° 000961-2019-GDEL de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, e informe N° 383-2019-SGGRDDC-GDEL-MDI, mencionan que frente a la probabilidad de ocurrencia de desastres que afectarían directamente a la población e infraestructura urbana del distrito de Independencia, se ha elaborado los Planes de Contingencia ante Sismos y ante Lluvias extraordinarias, a fin de establecer las tareas del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres y la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad de Independencia. Que, en ese sentido y estando a los informes emitidos por los órganos competentes, la gestión Municipal considera prioritario aprobar el "Plan de Contingencia ante Sismos y el Plan de Contingencia ante Lluvias Extraordinarias ", orientado a establecer las acciones de respuesta por parte de la autoridad, funcionarios y responsables de la Gestión del Riesgo de Desastres en la jurisdicción de Independencia en casos de emergencias y desastres, con el objetivo de preservar la integridad física de las personas y el impacto que pueda generar en sus medios de vida, en la infraestructura urbana, medio ambiente y la economía local. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Distrital con el voto por unanimidad, aprueba la siguiente Ordenanza: SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR El Plan de Contingencia ante Sismos y el Plan de Contingencia ante Lluvias Extraordinarias del distrito de Independencia, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, así como a las áreas orgánicas directamente involucradas, implementen, ejecuten y supervisen el Plan de Contingencia ante Sismos

y el Plan de Contingencia ante Lluvias Extraordinarias del distrito de Independencia, aprobado en el artículo anterior. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Desarrollo Económico Local y Gestión Turística remita copia de la Ordenanza, al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI para su conocimiento y acciones. Artículo Cuarto.- Disponer a quien corresponda la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional de la Municipalidad de Independencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YURI JOSE PANDO FERNANDEZ Alcalde 1850895-1

Aprueban Plan de Operaciones Emergencia - POE de la Municipalidad
ORDENANZA N°000406-2020-MDI Independencia, 24 de enero del 2020

de

VISTO: En sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de la fecha que se indica, el proyecto del Plan de Operaciones de Emergencia-POE de la Municipalidad de Independencia, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD y sus modificatorias, define como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado y participativo con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios y lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres. Que en el artículo 2° de la Ley N° 29664- Ley que crea el sistema Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresSINAGERD, señala que su aplicación es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los tres niveles de gobierno, así como el sector privado y la ciudadanía en general. Que, el artículo 14, numeral 14.1 de la Ley N°29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, indica que los Gobiernos Regionales y Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Que, el artículo 39° numeral 39.1 del decreto Supremo N° 048-2011-PCM. Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres- SINAGERD, refiere que, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan los planes entre ellos "El Plan de Operaciones de Emergencia - POE". Que mediante informe N° 000081-2019-GDEL-MDI de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, e informe N°000280-2019- SGGRDDC-GDEL-MDI, mencionan que frente a la probabilidad de ocurrencia de desastres que afectarían directamente a la población e infraestructura urbana del distrito de Independencia, se ha elaborado el Plan de Operaciones de Emergencia-POE, a fin de establecer las tareas del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres y la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad de Independencia. Que, en ese sentido y estando a los informes emitidos por los órganos competentes, la gestión Municipal considera prioritario aprobar el "Plan de Operaciones de Emergencia-POE", orientado a establecer las acciones

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