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59 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de febrero de 2020 El Peruano / representantes titulares y suplentes para la conformación de la (JUS) de la Región La Libertad, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 7, 8, 9, 10 y 11 del procedimiento indicado en el párrafo precedente, proponiendo, fi nalmente, a los representantes de las organizaciones sociales que conformarían la mencionada Junta de Usuarios, contando para ello con la aprobación de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud; Que, de acuerdo a los artículos 12 y 13 del procedimiento en mención, corresponde la aprobación de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de la Región La Libertad, mediante Resolución de Superintendencia, por un periodo de dos (02) años, y posteriormente la realización de su reconocimiento por parte de la máxima autoridad de la Superintendencia Nacional de Salud; Con los vistos del Gerente General, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, de la Intendente de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, que crea la Superintendencia Nacional de Salud, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la conformación de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de la Región La Libertad, por un periodo de dos (02) años a partir de la expedición de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle: N°TIPO DE ORGANIZACIÓNNOMBRE DE LA ORGANIZACIÓNREPRESENTANTES Titular / DNI Suplente / DNI 01 ORGANIZACIÓN DE PACIENTESCírculo Femenino “Corazones Solidarios” de la Región de La LibertadSILVIA MARIBEL QUINTANA GONZALESCAROL BRIONES MARIN 18152929 80136705 02Asociación Regional de Personas Positivas La Libertad Personas Viviendo con VIH/SIDAJOSE MIGUEL OTINIANO RUIZELVIS ALEXIS ORTUÑO MORALES 08178684 002153352 03Asociación Pro Salud y Vida TBC MDR y SIDA TBCSEGUNDO JUAN CHAMORRO VALDERRAMAMARITZA NIZAMA LUNA 17888572 18160474 04 ORGANIZACIÓN DE PERSONAS ADULTAS MAYORESFederación Regional de Adulto Mayor de La Libertad – FEREMALLTEODORO PEREDA SANCHEZPRIMITIVO DIONICIO PEREDA 17858823 19082539 05Asociación Adulto Mayor “Héctor Acuña Cabrera”ANA BEATRIZ DIONICIO TORRESSANTOS TOMASA VASQUEZ VDA DE MALAVER 40751908 17987077 06ORGANIZACIÓN DE JÓVENESComité Regional de Lucha Contra el Tabaco La Libertad – CORELATCELINDA ANGELINA BARRETO VERATATIANA SOFIA APONTE GARCIA 77204554 72157424 07 ORGANIZACIÓN DE VOLUN- TARIADOS VINCULADOS A LA SALUDAsociación de Agentes Comunitarios de Salud del Distrito de Casa GrandeALBERTO ESCOBAL RODRIGUEZLUZ ELENA QUISPE ZELADA 18823563 18849061 08Asociación Provincial de Promotores (as) de Salud Integral – Provincia de TrujilloBLANCA FLOR ROSALES BORREGOROSARIO ELIANA CARO FARFAN DE MURRUGARRA 17854110 18022653 09Coalición para la Vigilancia en SaludCARLOS RICARDO ROJAS ECCOÑAPAULA SANTOS VASQUEZ SANTILLAN 10368131 17938285 10Club de Madres “El Buen Pastor” del sector Vista AlegreINES VILCA MENDEZROSA MARIA ROSALES DE SALDARRIAGA 17916267 19231050Artículo 2.- DISPONER que la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud realice las acciones que se requieran para entregar las credenciales y tomar la juramentación a los representantes titulares y suplentes de las organizaciones sociales designadas en el párrafo precedente. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en la página web institucional (www.susalud.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1852375-6 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Otorgan licencia institucional a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac para ofrecer el servicio educativo superior universitario RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 021-2020-SUNEDU/CD Lima, 4 de febrero de 2020VISTOS:La Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI) con Registro de Trámite Documentario Nº 36635-2017-SUNEDU-TD, presentada el 16 de octubre de 2017 por la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac 1 (en adelante, la Universidad), el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 008-2020-SUNEDU-02-12 del 27 de enero de 2020 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe Nº 044-2020-SUNEDU-03-06 del 28 de enero de 2020 de la O fi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: I. AntecedentesSegún lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, respectivamente, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades. Mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el “Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano” (en adelante, el Modelo), que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del Proceso de Licenciamiento y el Cronograma-Solicitud de Licenciamiento Institucional 2. 1 La Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac fue creada mediante Ley Nº 27348, el 26 de septiembre de 2000, con sede en la ciudad de Abancay, con las carreras profesionales de Ingeniería Agroindustrial, ingeniería de Minas, Administración de empresas y Educación. 2 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 24 de noviembre de 2015.