Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2020 (05/02/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

70

NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de febrero de 2020 /

El Peruano

mencionados órganos de condición transitoria al CAP del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, teniendo en cuenta lo indicado en el literal (b) del numeral 6.6 de los Órganos Jurisdiccionales Transitorios de las Disposiciones Generales de la Directiva N° 013-2014-CE-PJ, que aprobó los Lineamientos Integrados y Actualizados para el funcionamiento de las Comisiones Nacionales y Distritales de Productividad Judicial y de la Oficina de Productividad Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, donde se señala que su funcionamiento en cada Corte Superior de Justicia tiene carácter temporal y son prorrogados, reubicados y /o convertidos por decisión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades y a propuesta del Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial; determinándose que este tipo de órganos pueden tener una alta rotación, pero deben estar contenidos en el CAP-Provisional puesto que se encuentra conformado por personal que realiza labor jurisdiccional. Que, la incorporación de cargos en el CAP Provisional por el supuesto 1.2, esto es, por excepción contenida en la Ley de Presupuesto del Sector Público vigente , en el caso del Poder Judicial, solo corresponde los cargos de magistrados, deben consignarse en la situación de "Previsto", a pesar de que se cuenta con el respectivo financiamiento otorgado por el Ministerio de Economía y Finanzas; es por ello que los 229 cargos nuevos de magistrados están en la situación de "Previsto", tal como lo requirió SERVIR. Que, en cuanto al Órgano de Control Institucional (OCI) y Procuraduría Pública es preciso señalar que mediante R.A. Nº226-2012-CE-PJ, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, en el que se establece que ambos órganos dependen directamente del Presidente del Poder Judicial. Ahora bien, en el marco de lo señalado en los artículos 73º y 74° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se indica que el Presidente de la Corte Suprema de Justicia lo es también del Poder Judicial, en consecuencia, de acuerdo a los lineamientos brindados por SERVIR, es pertinente que ambos órganos dependan de la Corte Suprema de Justicia. Que, las propuestas de CAP Provisional de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y OCMA solo se está considerando como empleado de confianza a los cargos de nivel Directivo, y excepcionalmente el cargo de Secretario de confianza, Asesor Legal de Consejero y Secretario Coordinador, a fin de subsanar la observación efectuada por el ente rector SERVIR, sobre el número permitido de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM y en la Ley Nº 28175, Que, bajo este contexto, el Poder Judicial remitió a SERVIR los Oficios Nos. 02319-2019-GG-PJ, 0018-2020-GG-PJ, 0007-2020-SG-GG-PJ y 0047-2020 -GG-PJ, remitiendo el Informe Técnico Sustentatorio para la aprobación del CAP Provisional, mediante Informes Nos. 316-2019-GRHB-GG-PJ y 003-2020-GRHB-GGPJ, anexando los 39 propuestas de actualización de CAP Provisional del Poder Judicial, elaborado por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, en su calidad de órgano responsable de su elaboración, con la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Racionalización y de la Gerencia de Planificación del Poder Judicial, mediante Informe Nº 205-2019-SR-GP-PJ y Memorando Nº 1412-2019-GP-GG-PJ, respectivamente. Que, mediante Oficio N° 000025-2020-SERVIR-PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 00008-2020- SERVIR/ GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, mediante el cual se emite opinión favorable a las propuestas de CAP Provisional del Poder Judicial, en el que se manifiesta que las referidas propuestas se han elaborado sobre la base de la estructuras orgánicas aprobadas en sus Reglamentos de Organización y Funciones y sus modificatorias, con los cargos estructurales considerados en el Clasificador de cargos aprobado mediante Resolución Administrativa Nº236-2019-CE-PJ y sus modificatorias, respetando la clasificación de los mismos, y guardando coherencia en la codificación; cumpliendo con los lineamientos establecidos en el Anexo Nº4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH.

Que, asimismo mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº009-2020-SERVIR/PE. se exceptúa a la Corte Suprema de Justicia y Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del tope de cincuenta (50) empleados de confianza de acuerdo al sustento contenido en el numeral 3.5.3 del Informe Técnico Nº 008-2020-SERVIR/GDSRH, autorizando cinco (05) y veintitrés (23) cargos adicionales, respectivamente. Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Poder Judicial, a través de la resolución expedida por el Titular del Pliego. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modificado por la Ley N° 27465, y contando con los vistos de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, la Gerencia de Planificación, la Subgerencia de Racionalización y la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Poder Judicial de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Piura, Puno, San Martín, Santa, Ucayali, Corte Suprema de Justicia de la República, Amazonas, Cañete, Huancavelica, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes, Ventanilla, Centro de Investigaciones Judiciales, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General y OCMA, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Administrativa. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las Resoluciones Administrativas Nos. 469-2017-P-PJ y 485-2017-P-PJ, con las cuales se aprobaron los Cuadros para Asignación de Personal Provisional del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS LECAROS CORNEJO Presidente del Poder Judicial 1852498-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Precisan condiciones para el funcionamiento de diversos Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000058-2020-P-CSJLI-PJ Lima, 4 de febrero de 2020 VISTA: Las Resoluciones Administrativas N° 032 y 051-2020-P-CSJLI/PJ, la solicitud presentada por el doctor Juan Ricardo Macedo Cuenca, Juez Titular del 4° Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la doctora Nancy Elizabeth Eyzaguirre Gárate, Juez Superior Titular integrante de la Sala Penal de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.