Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2020 (05/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 5 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 015-2020-SUSALUD/S Lima, 31 de enero de 2020 VISTOS: El Informe N° 00234-2019/SADERECHOS, de fecha 23 de diciembre del 2019, de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, el Informe N° 01542-2019/IPROM, de fecha 16 de diciembre del 2019, de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud, y el Informe N° 00031-2020/OGAJ, de fecha 13 de enero de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud (IPROM), en cumplimiento del Plan Estratégico Institucional 2019-2022 y el Plan Operativo Institucional POI 2020 de la Superintendencia Nacional de Salud, viene desarrollando acciones concernientes a la renovación de las Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud (JUS), en el marco del procedimiento de designación y renovación de representantes de Junta de Usuarios de los Servicios de Salud, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 043-2019-SUSALUD/S; Que, en el informe de vistos, IPROM señala que la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de la Región Cusco se ha conformado en el año 2015, y se encuentra integrada por dieciocho (18) representantes de ciudadanos agrupados y no agrupados que participaron en los procesos de elección y selección pertinentes, siendo necesario a la fecha, llevar a cabo el procedimiento de renovación correspondiente; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 031-2019-SUSALUD/S, se aprobó el Reglamento de Junta de Usuarios de los Servicios de Salud, cuya finalidad es establecer el funcionamiento, actividades y financiamiento de las Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del precitado Reglamento, mediante Resolución de Superintendencia N° 043-2019-SUSALUD/S, se aprobó el Procedimiento de designación y renovación de representantes de Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud; Que, de acuerdo a los informes de vistos, la IPROM ha llevado a cabo el procedimiento de renovación de los representantes titulares y suplentes de la JUS de la Región Cusco, de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16 del Procedimiento de designación y renovación de representantes de Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud, antes mencionado, aplicando para ello, las fases de evaluación, selección, aprobación y reconocimiento del citado procedimiento; proponiendo, finalmente, a los representantes de las organizaciones sociales que renovarían la conformación de la mencionada Junta de Usuarios, contando para ello con la aprobación de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud; Que, de acuerdo al procedimiento en mención, corresponde la renovación de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de la Región Cusco, mediante Resolución de Superintendencia, por un periodo de dos (02) años, y posteriormente la realización de su reconocimiento por parte de la máxima autoridad de la Superintendencia Nacional de Salud; Con los vistos del Gerente General, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, de la Intendente de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, que crea la Superintendencia Nacional de Salud, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA.

Artículo 1.- APROBAR la renovación de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de la Región Cusco, por un periodo de dos (02) años a partir de la expedición de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
N° Tipo de organización Nombre de la organización Asociación Peruano Alemana del Cáncer Infantil - Cusco Asociación PACAI Cusco Representantes Titular / DNI FLAVIO FELIX HERMOZA ESPINOZA 23836194 Suplente / DNI MARIA MARQUEZ QUISPE 23899289

1

ORGANIZACIÓN DE PACIENTES

2

ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

VICTOR JAIME Federación Departamental JOSE ANGEL VARGAS Pro Desarrollo de la BRAVO TEJADA HUAMAN Persona con Discapacidad FEDEPRODDIS 23926379 23865027 Central de Asociación de Adultos Mayores No Jubilados del Distrito de San Sebastián CAAMNJSS FERMIN CARLOS CCALLA 23932652 VENANCIO HUALLPA QUISPE 23873912 DAVID INOCENCIO CAYO TUPACYUPANQUI 08903863 SERAPIO ESCOBAR ARAMBURU 23820060 ZENON COLQUE HILARIO 23880066 DONATO MAMANI CIPRIAN 23891748

3

4

ORGANIZACIÓN DE ADULTOS MAYORES

Asociación del Adulto Mayor del Centro de Salud de Manco CCapac Margen Derecha del Distrito de Santiago

5

Asociación del Adulto Mayor KALLPACHACUY

6

ORGANIZACIÓN DE JÓVENES

K'uychi Ayllu

ALMENDRA MARÍA DE DEL CARMEN LOS ÁNGELES LOAYZA HUANCA APAZA SOTELO 75760443 72324498 LUZ MARINA MAMANI LACUTA 24707281 JORGE ROLDAN DEL SOLAR 23929550

7

Central de Mujeres San Jerónimo ORGANIZACIÓN DE VOLUNTARIADOS VINCULADOS A LA Asociación QOSQO MAKI SALUD

HAYDEE FARFAN LIMA 10581262 SONIA LIGAS OVALLE 23950368

8

Artículo 2.- DISPONER que la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud realice las acciones que se requieran para entregar las credenciales y tomar la juramentación a los representantes titulares y suplentes de las organizaciones sociales designadas en el párrafo precedente. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web institucional (www.susalud.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1852375-2 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 016-2020-SUSALUD/S Lima, 31 de enero de 2020 VISTOS: El Informe N° 00218-2019/SADERECHOS, de fecha 04 de diciembre del 2019, de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, el Informe N° 01497-2019/IPROM, de fecha 21 de noviembre del 2019, de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud, y el Informe N° 00786-2019/OGAJ, de fecha 06 de diciembre de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

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