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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2020 (05/02/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de febrero de 2020 / El Peruano 50% de la retribución económica incluyendo IGV, cuya transferencia fi nanciera debe efectuarse a más tardar en el mes de enero del presente año; Que, mediante Resolución Jefatural N° 516-2019- J/INEN, de fecha 25 de noviembre 2019, se autorizó la transferencia fi nanciera del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, hasta por la suma de S/ 54 048.50 con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modi fi cado por la Ley N° 30742 para cubrir los gastos para contratación de Sociedad de Auditoría, importe que corresponde a la transferencia fi nanciera del 50% de la retribución económica (incluyendo IGV) para el Período Auditado 2019; Que, mediante Memorando N° 359-2020-OGA/INEN la O fi cina General de Administración solicita realizar una transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 54 048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y COHO CON 50/100 SOLES), importe que corresponde al 50% restante de la retribución económica que incluye IGV, para el periodo auditado 2019, dicha transferencia debe realizarse, a más tardar en el mes de enero del presente año, de acuerdo a lo requerido mediante el O fi cio N° 000955- 2019-CG/SGE; Que, mediante Memorando N° 186-2020-OGPP/ INEN la O fi cina de General de Planeamiento y Presupuesto alcanza el Informe N° 178-2020-OPE-OGPP/INEN, mediante el cual la O fi cina de Planeamiento Estratégico, señala que el Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, cuenta con recursos disponibles en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios para realizar la transferencia fi nanciera a que se re fi eren los considerandos precedentes; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 54 048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO CON 50/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el pago del 50% restante de la retribución económica, que incluye el IGV por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad Auditoría que se encargará de realizar labores de control posterior externo del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; Contando con los vistos buenos de la Sub Jefatura Institucional, de la Gerencia General, de la O fi cina de General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2007-SA; y de conformidad con la Resolución Suprema N° 011-2018-SA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por la suma de S/ 54 048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar la transferencia que equivale al 50% restante de la retribución económica que incluye el IGV, por el periodo auditado 2019, para fi nanciar los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas. Artículo Segundo.- Los recursos de la transferencia fi nanciera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera, publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO PAYET MEZA Jefe Institucional 1852493-1 INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Dejan sin efecto la Resolución de Intendencia N° 005-2020-INBP, mediante la cual se designó a Director de la Dirección de la Escuela de Bomberos RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 006-2020-INBP San Isidro, 4 de febrero de 2020VISTO: La Nota Informativa N° 118-2020-INBP/OA/URH de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante Resolución de Intendencia N° 005- 2020-INBP se designó al señor Luis Alberto Quiñones Agurto, en el cargo de con fi anza de Director de la Dirección de la Escuela de Bomberos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Que, mediante la Nota Informativa N° 118-2020-INBP/ OA/URH, la Unidad de Recursos Humanos advierte que ha realizado la veri fi cación en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles y ha observado que el Señor Luis Alberto Quiñones Agurto se encuentra con inhabilitación vigente para contratar con el Estado, por lo que resulta necesario dejar sin efecto la referida designación; Con el visto bueno de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución de Intendencia N° 005-2020-INBP, Artículo 2º.- Disponer que la O fi cina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1852188-1