Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2020 (29/02/2020)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Sábado 29 de febrero de 2020 /

El Peruano

Subregionales, asimismo, constituye un espacio para dar a conocer la experiencia, rol, acciones e iniciativas que realiza esta Entidad Fiscalizadora Superior frente a los temas de integridad y prevención en pro de la lucha contra la corrupción, contribuyendo con ello al debate técnico, intercambio de conocimientos y buenas prácticas entre los miembros de la OCCEFS; Que, de acuerdo a lo expresado en la precitada Hoja Informativa, resulta conveniente para los fines institucionales la participación del señor Contralor General de la República del Perú en la XLIV Asamblea General Ordinaria de la OCCEFS y en el Foro "Integridad y Prevención", siendo necesario encargar las funciones inherentes al Despacho del Contralor General de la República al Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Pública, a efectos de asegurar la continuidad en la gestión que compete a esta Entidad Fiscalizadora Superior, en atención a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias, así como demás normativa aplicable, los gastos que irrogue la mencionada comisión de servicios serán financiados con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, conforme a lo señalado por la Gerencia de Administración mediante Memorando Nº 000280-2020-CG/GAD; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias; Decreto de Urgencia 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; así como la Ley Nº 27619, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar al Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Pública de la Contraloría General de la República, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 12 de marzo de 2020 y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán financiados con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según el detalle siguiente: pasaje aéreo por un importe de US$ 1204.88, viáticos por un importe de US$ 630.00 (2 días) y gastos de instalación por un importe de US$ 315.00 (1 día). Artículo 3.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob. pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1859472-1

El Memorando N° 000049-2020-CG/GMPL de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, la Hoja Informativa N° 000046-2020-CG/PLPREPI de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; la Hoja Informativa N° 000057-2020-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; y, la Hoja Informativa N° 000053-2020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias, señala que el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso; Que, el literal s) del artículo 22 de la Ley N° 27785 establece que la Contraloría General de la República tiene como atribución dictar las disposiciones necesarias para articular los procesos de control con los Planes y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral su cumplimiento, generando la información pertinente para emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la administración de los recursos del Estado, en función a las metas previstas y las alcanzadas; Que, el literal b) del artículo 32 de la referida Ley N° 27785, establece como facultad del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los órganos del Sistema Nacional de Control; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 546-2018-CG, se aprobaron, entre otros, los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: período 2019-2021" que constituyen orientaciones para dirigir el accionar de control hacia las áreas de riesgo sensibles a la corrupción o gastos de mayor significación económica e impacto social, de conformidad con los principios que rigen el ejercicio de control gubernamental establecidos en el artículo 9 de la Ley N° 27785; siendo que de acuerdo al numeral 2.3 Enfoque Multianual de Control de los citados Lineamientos de Política, estos podrán complementarse atendiendo a las situaciones no previstas o de coyuntura que se presenten durante su vigencia; Que, mediante la Hoja Informativa N° 000046-2020-CG/ PLPREPI, la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones propone la aprobación de la modificación de los "Lineamientos de política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: período 2019-2021", a fin de adecuarlos a las necesidades de priorización de los servicios de control a ser efectuados por los órganos del Sistema Nacional de Control y complementarlos; Que, asimismo, con el documento citado en el considerando precedente, la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones propone la aprobación del proyecto de "Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2020 de los Órganos de Control Institucional", que tiene por finalidad optimizar el proceso de programación, seguimiento y evaluación de los Planes Anuales de Control de los Órganos de Control Institucional, alineando su accionar a los Lineamientos de Política para el planeamiento del control gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: periodo 2019-2021, a fin de realizar un eficiente y eficaz control gubernamental para

Modifican "Lineamientos de política para el planeamiento del control gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: período 2019-2021" y aprueban "Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2020 de los Órganos de Control Institucional"
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 082-2020-CG Lima, 27 de febrero de 2020

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