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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2020 (14/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Martes 14 de julio de 2020 El Peruano / orgánicas de línea y órganos desconcentrados de los cuales dependen, quienes en el marco de sus funciones revisaron dichos proyectos y luego de encontrarlos conformes, procedieron a validarlos y remitirlos mediante el mencionado sistema, a la citada Subgerencia, quien ha efectuado la revisión de los proyectos del Plan Anual de Control de los referidos Órganos de Control Institucional, y al encontrarlos conformes, remite el proyecto de Resolución de Controlaría para su aprobación correspondiente; Que, conforme a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa, mediante Hoja Informativa Nº 000217-2020-CG/GJN, y de acuerdo a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000173-2020-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se considera viable jurídicamente la emisión del acto resolutivo que apruebe los Planes Anuales de Control 2020 de quinientos setenta y siete (577) Órganos de Control Institucional, atendiendo la propuesta formulada por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, mediante Hoja Informativa N° 000218-2020-CG/PLPREPI; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2020 de quinientos setenta y siete (577) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto, las mismas que se encuentran sujetas a control por el Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Disponer que las unidades orgánicas de línea y los órganos desconcentrados de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional de las entidades cuyos Planes Anuales de Control se aprueban por la presente Resolución, se encargarán de supervisar su ejecución. Artículo 3.- Establecer que las unidades orgánicas de línea y los órganos desconcentrados de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional de las entidades que aún no han propuesto la aprobación de los Planes Anuales de Control 2020, son responsables de gestionar su aprobación en el marco de las metas establecidas en el Plan Nacional de Control 2020 Modi fi cado, hasta el 31 de julio de 2020. Artículo 4.- Establecer que las unidades orgánicas de línea y los órganos desconcentrados de la Contraloría General de la República, son responsables del cumplimiento del total de las metas establecidas en el Plan Nacional de Control 2020 Modi fi cado, en las entidades de sus respectivos ámbitos de control, así como de los Órganos de Control Institucional que se encuentren bajo su ámbito. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez esta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1870889-2 Dan por concluida la designación de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Nacional de la Coca S.A. - ENACO RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 203-2020-CG Lima, 13 de julio de 2020CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 192- 2016-CG de fecha 30 de junio de 2016, se designó a la señora Indira Yabar Gutiérrez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Nacional de la Coca S.A. - ENACO; Que, el numeral 7.2.4 de la Directiva Nº 007- 2015-CG/PROCAL “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, vigente a la fecha, establece que la designación de los Jefes de Órganos de Control Institucional termina por la ocurrencia de los hechos siguientes: a) Advertirse alguna situación sobreviniente que no le permitan continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.4.1 de dicha Directiva; b) Por renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; y, c) Por razones de interés institucional de la Contraloría General de la República, para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, en ese sentido, por razones de interés institucional resulta pertinente dar por concluida la designación de la señora Indira Yabar Gutiérrez en el cargo de Jefe del Órgano del Ministerio de la Empresa Nacional de la Coca S.A. - ENACO; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida a partir del 13 de julio de 2020, la designación de la señora Indira Yabar Gutiérrez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Nacional de la Coca S.A. – ENACO. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información, adopten las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe). Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1871047-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y Organigrama de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 057-2020-UNAMAD-R Puerto Maldonado, 25 de febrero de 2020 VISTO:El Expediente Nº 409, de fecha 25 de febrero de 2020; conteniendo el O fi cio Nº 0333-2020-UNAMAD- R-DUPP, de fecha 26 de febrero de 2020; Informe Nº 024-2020-UNAMAD-R-DUPP-ORE-YBA, de fecha 25 de febrero de 2020, y;