TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Martes 14 de julio de 2020 / El Peruano Con el visado del Secretario General, de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 377-2019-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; el Decreto Supremo Nº 168-2020-EF, que establece disposiciones en materia de contrataciones públicas para facilitar la reactivación de contratos de bienes y servicios y modi fi ca el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la modi fi cación de las Bases Estándar y Solicitud de Expresión de Interés Estándar de la Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”, las mismas que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de sus anexos en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese, comuníquese y publíquese.SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1871085-1 Formalizan aprobación de modificación de las Bases Estándar de la Directiva Nº 007-2020-OSCE/CD “Bases Estándar para el procedimiento especial de selección a convocar en el marco del Decreto de Urgencia Nº 070-2020” RESOLUCIÓN Nº 093-2020-OSCE/PRE Jesús María, 13 de julio de 2020CONSIDERANDO:Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el artículo 54 del citado Texto Único Ordenado prevé que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular; Que, mediante Resolución Nº 079-2020-OSCE/ PRE, publicada el 26 de junio de 2020, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 007-2020-OSCE/CD “Bases Estándar para el procedimiento especial de selección a convocar en el marco del Decreto de Urgencia Nº 070-2020”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 168-2020-EF, se establecen disposiciones en materia de contrataciones públicas para facilitar la reactivación de contratos de bienes y servicios y se modi fi ca el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del citado Decreto Supremo, se modi fi ca el numeral 43.2 del artículo 43, el numeral 98.1 de artículo 98, los numerales 168.3 y 168.4 del artículo 168 y el numeral 171.1 del artículo 171 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 377-2019-EF; Que, asimismo, mediante la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria del referido Decreto Supremo, se incorpora el numeral 49.6 al artículo 49 y el literal g) al numeral 50.1 del artículo 50 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 377-2019-EF; Que, en la Segunda Disposición Complementaria Final del mencionado Decreto Supremo se establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la vigencia de dicha norma, adecúa las Bases Estándar; Que, en ese sentido, mediante Informe Nº D000093- 2020-OSCE-DTN de fecha 8 de julio de 2020, la Dirección Técnico Normativa propone la modi fi cación de la Directiva Nº 007-2020-OSCE/CD “Bases Estándar para el procedimiento especial de selección a convocar en el marco del Decreto de Urgencia Nº 070-2020”, a fi n de implementar los alcances dispuestos en el Decreto Supremo Nº 168-2020-EF, que modi fi ca diversos artículos del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como otras modi fi caciones realizadas dentro del proceso de revisión y mejora continua del contenido de las citadas Bases Estándar; Que, mediante Informe Nº D000203-2020-OSCE- OAJ de fecha 9 de julio de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta normativa formulada por la Dirección Técnico Normativa se encuentra dentro del marco legal vigente; Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo Nº 002-009-2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 009-2020/OSCE-CD, el Consejo Directivo acordó aprobar la modi fi cación de las Bases Estándar de la Directiva Nº 007-2020-OSCE/CD “Bases Estándar para el procedimiento especial de selección a convocar en el marco del Decreto de Urgencia Nº 070- 2020”; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado del Secretario General, de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 377-2019-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; el Decreto Supremo Nº 168-2020-EF, que establece disposiciones en materia de contrataciones públicas para facilitar la reactivación de contratos de bienes y servicios y modi fi ca el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la modi fi cación de las Bases Estándar de la Directiva Nº 007-2020-OSCE/