Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (16/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 16 de junio de 2020 / El Peruano Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Vigencia Las modi fi caciones a los artículos 4, 36, 37, 40, 43 y los numerales 41.1 y 41.3 del artículo 41, así como la incorporación del numeral 56.5 del artículo 56, entran en vigencia al día siguiente que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) informe mediante comunicado que implementó en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) la presentación de ofertas electrónicas. Las modi fi caciones al artículo 38 y al numeral 41.2 del artículo 41 entran en vigencia al día siguiente que el OSCE informe mediante comunicado que implementó en el SEACE las funcionalidades para la subsanación de ofertas electrónicas y el desempate de ofertas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera. Ámbito de aplicación Los procedimientos de selección iniciados antes de la entrada en vigencia del presente decreto supremo, se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria. Igual regla se aplica para el perfeccionamiento de los contratos que deriven de los mencionados procedimientos de selección. Segunda. Subsanación de ofertas electrónicas En tanto se implemente en el SEACE la funcionalidad para la subsanación de ofertas electrónicas, esta se realiza a través de la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad. Tercera. Solución en caso de empate En tanto se implemente en el SEACE la funcionalidad para el sorteo en caso de empate, para realizar el acto de desempate se requiere la citación oportuna de los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control, notario o juez de paz. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1868056-3 Aceptan renuncia de miembro y Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad RESOLUCIÓN SUPREMA N° 032-2020-PCM Lima, 15 de mayo de 2020CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 220-2016- PCM, se designa al señor Ivo Sergio Gagliuf fi Piercechi como miembro y Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; Que, de acuerdo a lo contemplado en el literal c) del numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI aprobado por Decreto Legislativo Nº 1033, la renuncia es causal de vacancia del cargo de miembro del Consejo Directivo; Que, el señor Ivo Sergio Gagliuf fi Piercechi ha presentado su renuncia al cargo de miembro y Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor IVO SERGIO GAGLIUFFI PIERCECHI, como miembro y Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1868056-6 AGRICUL TURA Y RIEGO Aprueban el documento denominado: “Lineamientos para la Capacitación y Asistencia Técnica Agraria Virtual mediante el uso de las TIC en el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0024-2020-INIA-DGIA Lima, 12 de junio de 2020VISTO:El Informe Nº 0045-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/ SDPIA, de fecha 12 de junio de 2020; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), tiene como unos de sus principales ejes de política el desarrollo de capacidades, estableciendo que la correcta transferencia y adopción de competencias, innovaciones tecnológicas y técnicas productivas por parte de los productores agrarios es clave para el incremento de la competitividad y sostenibilidad de la actividad agraria. Que, en virtud de lo establecido por la autoridad sectorial, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), en su condición de Ente Rector del Sistema Nacional de Innovación Agraria - SNIA, e institución estratégica del sector agropecuario viene adoptando medidas para contribuir a mantener el dinamismo laboral con impacto en la actividad agropecuaria, mediante la oferta de diversos servicios agrarios promoviendo el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), minimizando de esta forma los efectos que se vienen produciendo en el sector, ante la necesaria medida de aislamiento producto de la situación de emergencia nacional por la que atraviesa el país. Que, en observancia de la situación coyuntural existente, el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, ha realizado una evaluación del impacto de las medidas adoptadas, reportando una afectación al sector agropecuario, principalmente, en el pequeño productor de la agricultura familiar; por lo que, de no