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3 NORMAS LEGALES Viernes 26 de junio de 2020 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES D.A. N° 008-2020-A/MM.- Aprueban el “Reglamento de la Ordenanza N° 531/MM, que promueve la Ejecución de Obras y Proyectos Públicos en función a ingresos prediales” 46MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza N° 140-2020/MCPSMH.- Ordenanza que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, vencimientos y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, y fija fecha de vencimiento del Impuesto Predial 2020 47 Acuerdo N° 018-2020/MCPSMH.- Aprueban solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas el Rescate Financiero, con la finalidad de seguir brindando los servicios básicos y continuar con la prevención de la pandemia COVID-19 48 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Decreto de Ampliación de la Convocatoria de la Primera Legislatura Ordinaria del Período de Sesiones 2020-2021 DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 001-2020-2021-P/CR El Presidente del Congreso de la RepúblicaCONSIDERANDO:Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento del Congreso de la República establece que el Congreso de la República elegido para completar el Período Parlamentario 2016-2021 desarrolla sus funciones en tres períodos ordinarios de sesiones o legislaturas; Que, según el numeral 1) de la norma reglamentaria citada, la Primera Legislatura Ordinaria del presente Período de Sesiones culmina el 26 de junio de 2020; Que, durante el receso parlamentario funciona la Comisión Permanente del Congreso, cuyas funciones son establecidas por los artículos 99, 100 y 101 de la Constitución Política del Perú; y Que, el último párrafo del artículo 49 del Reglamento del Congreso de la República faculta al Presidente del Congreso de la República a ampliar la convocatoria de las Legislaturas Ordinarias con agenda fi ja. DECRETA:Amplíase la convocatoria de la Primera Legislatura Ordinaria del Período de Sesiones 2020–2021 hasta el 5 de julio de 2020, con la fi nalidad de que el Pleno del Congreso de la República se reúna para tratar los siguientes asuntos materia de la agenda fi ja: 1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa y otros asuntos de competencia del Pleno del Congreso de la República, que se encuentren en la Agenda del Pleno del Congreso al 26 de junio de 2020. 2. Los dictámenes y proyectos de ley y otros temas que se incluyan en la Agenda del Pleno del Congreso por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones. 3. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia. 4. Las Denuncias Constitucionales tramitadas por la Comisión Permanente. Dado en Lima, en el Palacio del Congreso de la República, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil veinte. Publíquese y cúmplase.MANUEL MERINO DE LAMA Presidente del Congreso de la República 1868882-1PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Achoma, Yanque e Ichupampa, de la provincia de Caylloma, del departamento de Arequipa, por desastre a consecuencia de deslizamientos de tierra DECRETO SUPREMO N° 111-2020-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el 18 de junio de 2020, a las 01:45 horas, se produjo un deslizamiento que ocasionó el embalse del río Colca, afectando las áreas de cultivo en los distritos de Achoma, Yanque e Ichupampa, de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con los numerales 5.3 y 9.2 de los artículos 5 y 9, respectivamente, de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la Presidencia del Consejo de Ministros, excepcionalmente presenta de O fi cio ante el Consejo de Ministros, la declaratoria de Estado de Emergencia ante la condición de peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, mediante el O fi cio Nº 2846-2020-INDECI/5.0 de fecha 23 de junio de 2020, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite y hace suyo el Informe Situacional Nº 00011-2020-INDECI/11.0, de fecha 23 de junio de 2020, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha Entidad, el cual señala que se produjo un deslizamiento de tierra que ocasionó el embalse del río Colca, afectando las áreas de cultivo, animales y canales de riego en los distritos de Achoma, Yanque e Ichupampa, de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; resultando necesario la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas; Que, para la elaboración del Informe Situacional Nº 00011-2020-INDECI/11.0 y sus conclusiones, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), ha tenido en consideración el Reporte Complementario Nº 2044- 23/06/2020/COEN-INDECI/11:30 HORAS (Reporte Nº 08), emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia