Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2020 (26/06/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 26 de junio de 2020

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Aprueban asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, para financiar ejecución de diversos proyectos de inversión para los Gobiernos Locales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 542-2020-IN Lima, 25 de junio de 2020 VISTOS, el Memorando Nº 000679-2020/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 000039-2020/IN/OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, y el Informe Nº 000862-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 052-2011, se constituye en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, el "Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana", cuyos recursos son de carácter intangible y permanente, para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos, y programas destinados a combatir la inseguridad ciudadana, cuya vigencia es permanente, de conformidad con lo dispuesto en la Centésima Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, el artículo 3 del acotado Decreto de Urgencia señala que el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana cuenta con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los Planes de Seguridad Ciudadana aprobados en el marco de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112014-IN; Que, asimismo, el artículo 4 del precitado Decreto de Urgencia establece que el Comité de Administración está integrado por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, quien lo preside, el Ministro de Economía y Finanzas o su representante y el Ministro del Interior o su representante; y cuenta con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior; Que, el literal b) del numeral 6.1 del artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 052-2011, dispone que el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial, establece las entidades, finalidad y montos correspondientes para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, efectúe directamente la asignación financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la Unidad Ejecutora de Gobierno Nacional, Regional o Gobierno Local respectivo; por el monto que determine el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; Que, conforme a la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se establece que los recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana (FESC) deducidos en aplicación de la referida disposición, se destinan al financiamiento de la ejecución de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación de las entidades del Gobierno Nacional, así como al financiamiento de los proyectos de inversión en materia de seguridad ciudadana aprobados en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que se prioricen en el marco de los fines y conforme a los procedimientos del FESC, creado por el Decreto de Urgencia Nº 052- 2011. Para dichos efectos, se autoriza al Ministerio del Interior a incorporar los recursos del

FESC a los que se refiere la citada norma, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, mediante resolución de su titular; Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2012-PCM, se aprueban los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, los mismos que contemplan, entre otros, la aprobación de las actas de las sesiones del Comité de Administración del Fondo; Que, al respecto, mediante Acta del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana de fecha 25 de junio de 2020, en sesión del Consejo de Ministros, los miembros del Comité de Administración del FESC, aprobaron la priorización de catorce (14) proyectos de inversión para los Gobiernos Locales, habiéndose cumplido con lo dispuesto en el numeral 7.4 del Capítulo VII de la Directiva Nº 001-2017/ IN; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 458-2017-IN, se aprueba la Directiva Nº 001-2017/IN "Procedimientos para la Ejecución de los Recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana" cuyo objeto es establecer los procedimientos para la priorización, aprobación, asignación y ejecución de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y, su finalidad consiste en establecer que los recursos de dicho Fondo se transfieran a las Entidades solicitantes con criterios de eficiencia y equidad en actividades, proyectos y programas en materia de Seguridad Ciudadana; Que, el numeral 7.4 de la referida Directiva establece que "Una vez aprobada la lista de proyectos priorizados por el Comité de Administración de "El Fondo", la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministro del Interior eleva al Ministro del Interior, a través de la Secretaría General, el proyecto de Resolución Ministerial propuesto por la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, en cuyo contenido se aprueba la asignación financiera de los proyectos aprobados por el Comité de Administración de "El Fondo"; Que, en aplicación de lo establecido en el literal c) del numeral 7.1 de la Directiva Nº 001-2017-IN, "Procedimientos para la Ejecución de los Recursos Provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana", la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, mediante Memorando Nº 000039-2020/IN/OGPP/OPMI realizó la evaluación de los recursos asignados a través del FESC, cuyo monto asciende a S/ 28 492 786,00 (VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), recursos que permitirán financiar la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión para los Gobiernos Locales; Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica y; De conformidad al Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, El Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias, el Decreto de Urgencia Nº 052-2011, que crea el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo Nº 007-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y la Resolución Ministerial Nº 1520-2019IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Asignación Financiera Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 28 492 786, 00 (VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión para los Gobiernos Locales, de conformidad con el anexo adjunto a la presente Resolución.

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