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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2020 (01/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 1 de marzo de 2020 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del AmbienteEncargada del despacho delMinisterio de Economía y Finanzas 1860521-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 037-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, señala que, en el marco de lo dispuesto en el primer párrafo de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, durante el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de S/ 30 000 000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para fi nanciar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2020-MIDIS se aprueban las acciones que el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali deben cumplir para hacer efectiva la transferencia de los recursos señalados en la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019; Que, mediante Informe Nº 008-2020-MlDlS/SG/ OGPPM/OP, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MIDIS sustenta la disponibilidad de recursos y propone realizar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto, Gobierno Regional del Departamento de Puno y Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para fi nanciar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS); en virtud de ello, mediante O fi cio Nº 120-2020-MIDIS/SG, el citado ministerio solicita dar trámite a la referida Transferencia de Partidas; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Informe Nº 0305-2020-EF/53.04 remite costeo para fi nanciar la contratación de servidores CAS;Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 28 344 546,00 (VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para fi nanciar la EASS, la cual incluye la operación y mantenimiento de las PIAS; De conformidad con lo dispuesto en la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 28 344 546,00 (VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para fi nanciar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 008 : Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Acciones Presupuestarias que No Resultan en Productos - APNOP ACTIVIDAD 5002358 : Gestión de las Prestaciones Sociales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Soles GASTO CORRIENTE2.4 Donaciones y Transferencias 28 344 546,00 TOTAL EGRESOS 28 344 546,00 =========== A LA En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : Gobierno NacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios SUB TOTAL 21 800 549,00 =========== SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios SUB TOTAL 6 543 997,00 =========== TOTAL EGRESOS 28 344 546,00 =========== 1.2 El pliego habilitador y los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego se