Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2020 (01/03/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 1 de marzo de 2020 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; y, la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Patricia Hilda Elizabeth Figueroa Valderrama en el cargo público de confianza de Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1860469-1

Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Chile, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 239-2020-IN Lima, 28 de febrero de 2020 VISTOS; el Oficio Nº 247-2020-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 000389-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 104-2019-SCG-PNP/ DIRASINT-DIVCIAE-AGREPOL CHILE de fecha 03 de junio de 2019, complementado por correo electrónico de fecha 26 de noviembre de 2019, el Agregado Policial del Perú en la República de Chile comunica a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú que la Secretaría Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras ­ CECIPU dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de la República de Chile, ha remitido el prospecto de Difusión y Postulación del programa de cursos para el año 2020, dentro del cual se encuentra el curso denominado "Drogas (O.S. 7.)" que se llevará a cabo del 09 de marzo al 23 de diciembre de 2020, en la ciudad de Santiago de la República de Chile, precisando que el participante deberá reportarse el día 02 de marzo de 2020; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 51-2020-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 03 de febrero de 2020, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú Diego Fernando Loayza Pérez, del 01 de marzo al 24 de diciembre de 2020, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para participar en el curso antes mencionado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú que el personal desarrolle y fortalezca sus capacidades profesionales, con el objeto que adquieran nuevos conocimientos, técnicas, herramientas y experiencias en los temas que desarrollará el referido curso, recibiendo asistencia técnica y profesional en los diferentes campos de la actividad funcional, lo que contribuirá a mejorar la labor policial en nuestro país; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran

en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos son asumidos por el Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras ­ CECIPU y el comisionado, de acuerdo a lo señalado en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 51-2020-COMGEN-PNP/ DIRASINT-DIVABI y la Declaración Jurada Simple de fecha 03 de febrero de 2020, y los gastos de pasajes aéreos (ida y retorno) son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo señala el Oficio Nº 416-2020-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1267 establece en su artículo 5 que "El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (...)"; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)"; Que, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su artículo 11 establece que "11.1. Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el

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