Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2020 (01/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 1 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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2020; y, a Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, el 5 de marzo de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociaciones en Organismos y Foros Internacionales; y Código POI AOI00004500029 Garantizar permanentemente el protagonismo del Perú en los Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos Nombres y Apellidos Clase Económica US$ Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano 2,736 Viáticos por día US$ 540.00 440.00 N.° de días 1+1 1+1 Total viáticos US$ 1,080.00 880.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante la participación en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1860428-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos del Sector Trabajo y Promoción del Empleo del Año 2020"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2020-TR Lima, 27 de febrero de 2020 VISTOS: El Memorando Nº 056-2020-MTPE/2 del Viceministro de Trabajo y Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Informe Nº 0035-2020MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0028-2020-MTPE/4/9.4 de la Oficina de Descentralización; y, el Informe Nº 395-2020MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias, establece que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la

separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, la Sétima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias; y, el numeral 1 del literal a) del artículo 6 de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, las Comisiones Sectoriales de Transferencia propondrán Planes Anuales de Transferencia, presentándolos a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005 "Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobada por Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, establece que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por resolución ministerial; Que, mediante el Informe Nº 0035-2020-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite para su aprobación, el proyecto del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos del Sector Trabajo y Promoción del Empleo del Año 2020", formulado por la Oficina de Descentralización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 39 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; el cual mediante documento de vistos, cuenta con la conformidad del Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; la Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, que aprueba la Directiva Nº 005-CND-P-2005; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos del Sector Trabajo y Promoción del Empleo del Año 2020" que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y su anexo, en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3.- Remisión Remitir copia de la presente resolución ministerial y su anexo a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1860116-1

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