Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2020 (01/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Domingo 1 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, según el Anexo a que se refiere el considerando precedente, la Plataforma de Inspección del Trabajo constituye un espacio del órgano desconcentrado de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral para brindar los servicios de inspección del trabajo (orientación y fiscalización), la misma que se encuentra bajo la supervisión del órgano desconcentrado; asimismo, dicho Anexo establece, entre otros aspectos, el procedimiento de aprobación y las actividades a ejecutar; Que, mediante el Memorándum N° 245-2020-SUNAFIL/IRE-ANC, la Intendente Regional de la Intendencia Regional de Ancash solicita al Despacho del Superintendente, la implementación de la Plataforma de Inspección del Trabajo en la provincia de Huaraz, conforme a lo establecido en la Resolución de Gerencia General N° 06-2020-SUNAFIL-GG, con la finalidad de fortalecer la presencia de la SUNAFIL en el ámbito territorial departamento de Ancash; además, señala que cuenta con personal inspectivo disponible para trasladarse a la provincia de Huaraz; Que, a través del Informe N° 080-2020-SUNAFIL/ INII, la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva (INII), emite opinión técnica favorable, señalando que del resultado alcanzado al aplicar la técnica estadística denominada "Análisis de Componentes Principales", a partir de una combinación lineal de los componentes: (i) empresas, (ii) trabajadores y (iii) denuncias, para cada provincia del departamento de Ancash, se determina el orden de priorización para la elección de la provincia del departamento de Ancash donde se implementará la Plataforma de Inspección del Trabajo, obteniéndose como prioridad la provincia del Santa, sede de la Intendencia Regional de Ancash, a partir del 02 de marzo de 2020, seguida de la provincia de Huaraz, por tanto, en opinión de la INII, resulta conveniente implementar la Plataforma de Inspección del Trabajo en la provincia de Huaraz, dependiente de la Intendencia Regional de Ancash de la SUNAFIL; Que, con el Informe N° 133-2020-SUNAFIL/GGOGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, emite opinión técnica favorable señalando que el fortalecimiento de la presencia de la SUNAFIL en el departamento de Ancash implica la implementación de una Plataforma de Inspección del Trabajo en la provincia de Huaraz, dependiente de la Intendencia Regional de Ancash de la SUNAFIL, lo cual amerita implementar acciones de personal inspectivo y no inspectivo que coadyuve al fortalecimiento de las actividades y servicios que brinda la SUNAFIL en dicho ámbito territorial; Que, a través del Memorándum N° 747-2020-SUNAFILGG-OGA, la Oficina General de Administración señala que conforme al Informe N° 559-2020-SUNAFIL/OGA-ABAS, emitido por el Equipo Funcional denominado Unidad de Abastecimiento y el Memorándum N° 095-2020-SUNAFIL/ GG-OGTIC, emitido por la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se determina la viabilidad administrativa y operativa para la implementación de una Plataforma de Inspección del Trabajo en la provincia de Huaraz, dependiente de la Intendencia Regional de Ancash de la SUNAFIL; Que, asimismo, mediante el Informe N° 85-2020-SUNAFIL/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable señalando la viabilidad administrativa, operativa y presupuestal para la implementación de una Plataforma de Inspección del Trabajo en la provincia de Huaraz, dependiente de la Intendencia Regional de Ancash de la SUNAFIL; asimismo, señala que la implantación de la Plataforma en mención ha seguido el procedimiento establecido en la Ficha Técnica de Implementación y Funcionamiento de la "Plataforma de Inspección del Trabajo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL", aprobada por Resolución de Gerencia General N° 06-2020-SUNAFIL-GG; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Administración, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; y la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Crear, a partir del 02 de marzo de 2020, la "PLATAFORMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO EN LA PROVINCIA DE HUARAZ, DEPENDIENTE DE LA INTENDENCIA REGIONAL DE ANCASH DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL ­ SUNAFIL", conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la "Plataforma de Inspección del Trabajo en la Provincia de Huaraz, dependiente de la Intendencia Regional de Ancash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL", creada según el artículo 1 precedente, ejecute las actividades señaladas en la Ficha Técnica de Implementación y Funcionamiento que como Anexo forma parte integrante de la Resolución de Gerencia General N° 06-2020-SUNAFIL-GG. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZÁLEZ GUERRERO Gerente General 1860487-2

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Manual de Operaciones del Programa "Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)"
PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 031-2020-P-CE-PJ Lima, 28 de febrero de 2020 VISTO: El Oficio Nº 000407-2020-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, referido a la propuesta de aprobación del nuevo Manual de Operaciones del Programa "Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)", denominado Programa EJE No Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 024-2020-P-CEPJ, del 14 de febrero del presente año, aprobó el Manual de Operaciones del Programa "Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la

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