Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2020 (14/03/2020)


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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de marzo de 2020 /

El Peruano

de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1864938-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Reconocen al Comité Especial de Articulación Intergubernamental VRAEMMINAGRI y aprueban lineamientos de articulación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0091-2020-MINAGRI Lima, 12 de marzo de 2020 VISTOS: Los Memorándums Nos. 225-2018-MINAGRI-DVPA/ DGAI-DGD, y 327-2018-MINAGRI-DVPA/DGAI-DGD, de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, los Informes Legales Nos. 787-2018-MINAGRI-SG/OGAJ, 275-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, y 228-2020-MINAGRISG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades; Que, los literales a) y c) del numeral 23.3 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que para el ejercicio de las competencias compartidas en las funciones que son materia de descentralización, corresponde a los ministerios coordinar con los gobiernos regionales y locales la implementación de las políticas nacionales y sectoriales, y evaluar su cumplimiento; así como prestar apoyo técnico a los gobiernos regionales y locales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, se aprobó la Política Nacional Agraria, como instrumento que orienta objetivos, políticas y estrategias del Estado en materia agraria para que la intervención pública tenga impacto en la población rural; se centra, entra otros, en el Eje de Política 12: Desarrollo Institucional, cuyo objetivo es fortalecer la gobernabilidad y gobernanza en el sector agrario nacional, para lo cual establece entre otros, los Lineamientos Estratégicos 1 y 6, relativos a fortalecer la articulación entre el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales, bajo la rectoría del Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de las prioridades de la Política Nacional Agraria; así como la articulación intersectorial e intrasectorial para mejorar el impacto de las intervenciones; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 0562018-PCM, se aprobó la Política General de gobierno al 2021, la misma que conforme al artículo 3 se desarrolla sobre cinco (5) ejes que se encuentran relacionados y guardan consistencia con el marco de política y planes del país; teniendo como quinto Eje la descentralización efectiva para el desarrollo, el cual tiene como lineamiento prioritario, entre otros, institucionalizar la articulación territorial de las políticas nacionales; Que, mediante el Decreto Supremo N° 074-2012-PCM, se declara de prioridad nacional el desarrollo económico social y la pacificación del valle de los ríos Apurímac, Ene

y Mantaro (VRAEM), para lo cual las entidades del Estado deberán desplegar sus esfuerzos encaminados a este propósito; Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2016-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 112-2017-PCM, se dispone el reordenamiento de los ámbitos de intervención directa y de influencia del VRAEM; Que, mediante el Oficio N° 0012-2018-CGRA VRAEM/P, el Presidente del Comité de Gestión Agrario del VRAEM, solicita el reconocimiento de dicho Comité, como lo han efectuado los Gobiernos Regionales de Ayacucho y Cusco, a través de la Resolución Directoral Regional Sectorial N° 275-2017-GRA/GR-GGR-GRDEDRA-DR y la Resolución Directoral N° 0221-2017-GRC/ GRDE-DRAC, respectivamente, que acompaña; Que, la Dirección General de Políticas Agrarias, mediante el Memorando N° 054-2020-MINAGRIDVPA/DGPA-DIPNA, remite adjunto el Informe N° 0034-2020-MINAGRI-DVPA-DGPA/DIPNA, de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria, con el que emite opinión favorable sobre la solicitud de reconocimiento del referido Comité de Gestión, ya que se encuentra alineado a los objetivos de la Política Nacional Agraria y a la normatividad agraria vigente; Que, asimismo, la Dirección General de Articulación Intergubernamental mediante los Memorándums Nos. 225-2018-MINAGRI-DVPA/DGAI-DGD; 327-2018-MINAGRI- DVPA/DGAI-DGD, y Nota N° 013-2020-MINAGRI-DVPA/DGAI-DGD, ha remitido los Informes Nos. 00038-2018-MINAGRI-DVPA-DGAI/ DGD-FHB; 050-2018-MINAGRI-DVPA-DGAI/DGD-FHB y 0004-2020-MINAGRI-DVPA-DGAI/DGD-FHB, de la Dirección de Gestión Descentralizada, con los que emite opinión favorable sobre la solicitud de reconocimiento del citado Comité, como mecanismo de articulación entre el MINAGRI y los Gobiernos Regionales y Locales del ámbito de intervención directa del VRAEM, en base al marco normativo vigente y el reconocimiento efectuado por los Gobiernos Regionales de Ayacucho y Cusco, así como ha propuesto sus respectivos lineamientos para regular su organización, funcionamiento y articulación; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe del Visto, manifiesta que estando al sustento técnico favorable de la Dirección General de Políticas Agrarias y de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, encuentra jurídicamente viable el reconocimiento del Comité Especial de Articulación Intergubernamental VRAEM-MINAGRI, cuyo período de vigencia se encuentra supeditado a la vigencia del Decreto Supremo N° 074-2012-PCM y sus modificatorias, que declara de prioridad nacional el desarrollo económico social y la pacificación en el VRAEM; Que, por tanto, corresponde reconocer el Comité Especial de Articulación Intergubernamental VRAEMMINAGRI, en el marco de la Política Nacional Agraria y el fortalecimiento del proceso de articulación intergubernamental entre el Ministerio de Agricultura y Riego y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales del ámbito de intervención directa del VRAEM, así como los respectivos lineamientos que orienten su operatividad; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, de la Dirección General de Políticas Agrarias de la Oficina General de Asesoría Jurídica: De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048, el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y el Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, que aprueba la Política Nacional Agraria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconocer al Comité Especial de Articulación Intergubernamental VRAEM-MINAGRI, como espacio de articulación y coordinación intergubernamental entre el Ministerio de Agricultura y Riego y los gobiernos regionales y locales del ámbito de intervención directa del VRAEM.

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