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9 NORMAS LEGALES Sábado 14 de marzo de 2020 El Peruano / DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC a favor del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, para fi nanciar siete (07) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para la continuidad de la Reconstrucción con Cambios, a que hace referencia el numeral 49.6 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de MinistrosUNIDAD EJECUTORA 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5006263 : Fondo para la continuidad de la Reconstrucción con Cambios FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 20 175 304,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 9 068 301,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 29 243 605,00 =========== A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 451 : Gobierno Regional del Departamento de La Libertad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 255 299,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 19 920 005,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 9 068 301,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 29 243 605,00 =========== 1.2 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 16 857 126,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC a favor del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, para fi nanciar dos (02) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de MinistrosUNIDAD EJECUTORA 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 3 531 204,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 13 325 922,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 16 857 126,00 =========== A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 451 : Gobierno Regional del Departamento de La Libertad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 531 204,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 13 325 922,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 16 857 126,00 =========== 1.3 El detalle de los recursos asociados a las Transferencias de Partidas, autorizadas en los numerales 1.1 y 1.2 del presente artículo, se encuentran en el Anexo Nº 1: “Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad - Fondo para la Continuidad de la Reconstrucción con Cambios – Recursos Ordinarios”, el Anexo Nº 2: “Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad - Fondo para la Continuidad de la Reconstrucción con Cambios – Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito” y el Anexo Nº 3: “Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad - Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, que forman parte integrante de la presente norma, las cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en las Transferencias de Partidas autorizadas en el artículo 1, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 y el numeral 1.2 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a las Transferencias de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo Nº 4: “Ingresos”, que forma parte integrante de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de