Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2020 (14/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 14 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección de Servicios Educativo en el Ámbito Rural, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 3 005 945,00 (TRES MILLONES CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Marcelino Champagnat, destinada a implementar una propuesta de servicio educativo en dieciséis (16) instituciones educativas públicas que brindan servicios educativos bajo el Modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil, Secundaria en Alternancia y Secundaria Tutorial, ubicadas en las regiones de Amazonas, Loreto y Junín, que permitirá beneficiar a mil seiscientos sesenta y un (1661) estudiantes, en cumplimiento de lo establecido en el Convenio N° 008-2020/MINEDU. Artículo 2.- Aprobar el otorgamiento de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 912 916,00 (NOVECIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, a favor de la Asociación Civil Fundación Hope Holanda Perú, destinada a implementar una propuesta de servicio educativo en cuatro (04) instituciones educativas que brindan servicio bajo el modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil y Secundaria en Alternancia, ubicadas en la región Cusco, que permitirá beneficiar a cuatrocientos setenta y un (471) estudiantes, en cumplimiento de lo establecido en el Convenio N° 0092020/MINEDU. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1864427-1

Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); el Informe Nº 070-2020-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED) y la Dirección General de Gestión de la Calidad Escolar (DIGC); el Informe Nº 245-2020-MINEDU/VMGIPRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED; el Memorándum Nº 846-2020-MINEDU/VMGIPRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED; el Memorándum Nº 00244-2020-MINEDU/ SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00392-2020-MINEDU/SPEOPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y; el Informe Nº 00421-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MINEDU y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 025-2020 que Dicta medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional, autorizó al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2020, a financiar con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, la adquisición de equipamiento menor (Kits de Higiene) a que se refiere el numeral 10.4, en el marco del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020, para mantener condiciones adecuadas de salubridad en espacios e infraestructura educativa, hasta por la suma de S/ 165 000 000,00 (CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, de acuerdo al numeral 10.2 del Decreto de Urgencia Nº 025-2020, el monto correspondiente para la adquisición de los Kits de Higiene mencionados en el numeral 10.1, son desembolsados de manera directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, bajo la modalidad de subvenciones; Que, el numeral 10.4 del Decreto de Urgencia indicado, señala que el Ministerio de Educación emite las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente artículo, incluyendo la definición del contenido de los Kits de Higiene; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2019-MINEDU se aprobó la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos" la cual tiene como objetivo establecer disposiciones generales sobre las responsabilidades, etapas y procesos transversales del Programa de Mantenimiento en locales educativos de las instituciones educativas públicas a nivel Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 137-2020-MINEDU se aprobó la Norma Técnica (NT057-01-PRONIED) denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2020", la cual tiene como objetivo establecer disposiciones específicas sobre las etapas y criterios para la asignación y utilización de los recursos económicos del Programa de mantenimiento de locales educativos a nivel nacional para el año 2020, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención rutas solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y equipamiento menor; Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o

Aprueban la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la adquisición de equipamiento menor (Kits de Higiene) en el marco del Programa de Mantenimiento de locales educativos 2020"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2020-MINEDU Lima, 13 de marzo de 2020 VISTO, el Expediente Nº DIGC2020-0056787, el Oficio Nº 1194-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED de la Dirección

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