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93 NORMAS LEGALES Viernes 6 de noviembre de 2020 El Peruano / regional, a la fecha no existe una instancia que contribuya al cierre de brechas sociales y a la inclusión económica de la población vulnerable, siendo necesario contar con un espacio de articulación, implementación y seguimiento de acciones estratégicas. Con Decreto Supremo Nº 003-2019-MIDIS, se aprueba la Estrategia de Gestión Territorial “Primero Infancia” para la articulación de las Entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local en la promoción del Desarrollo Infantil Temprano, que tiene como propósito efectivizar, con carácter de prioridad, el acceso al paquete integrado de servicios priorizados, que contribuyen al desarrollo de las niñas y los niños desde la gestación hasta los 5 años de edad, a través de la gestión articulada de las entidades que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local, fortaleciendo las sinergias y eliminando las duplicidades, de acuerdo con sus roles y capacidades. El artículo 2 del citado dispositivo legal señala que la Estrategia de Gestión Territorial “Primero la Infancia” es de aplicación a nivel nacional y alcanza a todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, cuyas competencias contribuyen o impactan en el diseño, fi nanciamiento, ejecución, seguimiento y evaluación de la referida Estrategia. El numeral 3.1 del artículo 3 de la referida norma dispone que el Paquete Integrado de Servicios Priorizados para las niñas y niños desde la gestación hasta los 5 años de edad, en adelante el “Paquete Integrado”, es el conjunto de servicios priorizados e identi fi cados en el marco de los Programas Presupuestales, que cada gestante, niña y niño debe recibir para contribuir al logro de los resultados del desarrollo infantil temprano: a) Paquete de atención a la gestante: 4 exámenes auxiliares (examen completo de orina, hemoglobina/ hematocrito, tamizaje VIH, tamizaje sí fi lis) en el primer trimestre y al menos 4 atenciones prenatales con suplemento de hierro y ácido fólico. b) Paquete integrado de servicios para niñas y niños menores de 2 años: DNI, CRED completo según edad, vacunas de neumococo y rotavirus, suplementación con hierro y dosaje de hemoglobina. - Prevención de anemia: suplementación con gotas de hierro a los 4 y 5 meses de edad. - Diagnóstico y tratamiento de anemia: niñas y niños menores de 12 meses con diagnóstico de anemia, y reciben tratamiento con hierro. c) Paquete integrado para niños y niñas de 3 a 5 años de edad: acceso a la educación inicial a los 3 años de edad. d) Paquete de entorno: niñas y niños menores de 60 meses de edad acceden a agua clorada para consumo humano (cloro residual en muestra de agua para consumo humano >=0.5 mg/l). Que, mediante Informe Nº 003-2020-GRSM/GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, solicita la conformación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo Social y Productivo, mediante Ordenanza Regional analizado en el Informe Técnico Nº 003-2020-GRSM/GRDS, de fecha 16 de julio de 2020, indicando que es viable conformar la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo Social y Productivo, como espacio de articulación, implementación y seguimiento de acciones estratégicas que contribuirá al cierre de brechas sociales y a la inclusión económica de la población vulnerable. Que, mediante Informe Legal Nº 411-2020-GRSM/ ORAL, de fecha 24 de Julio del 2020, el jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Legal opina que es procedente que el consejo regional emita la ordenanza regional que apruebe la conformación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo Social y Productivo, debiendo remitirse al Consejo Regional de San Martín, para su evaluación y de ser el caso, emitir la ordenanza regional pertinente. Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º Regionales de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria realizada el día 04 de agosto del 2020, desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San Martín, se aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la conformación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo Social y Productivo, como espacio de articulación, implementación y seguimiento de acciones estratégicas que contribuirá al cierre de brechas sociales y a la inclusión económica de la población vulnerable, la cual quedará conformada de la siguiente manera: • Gobernador regional de San Martín (quien preside la IAR) • Gerente Regional de Desarrollo Social (quien estará encargada de la Secretaria Técnica) • Gerencia Regional de Desarrollo Económico (Asesor técnico) • Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto (asesor técnico) • Dirección regional de Salud• Dirección Regional de Educación• Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento • Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo • Dirección Regional de Inclusión e Igualdad de Oportunidades • Dirección Regional de Cultura• Dirección Regional de Agricultura• Dirección Regional de Turismo.• Municipalidad Provincial de Moyobamba y sus distritos • Municipalidad Provincial de Bellavista y sus distritos• Municipalidad Provincial de El Dorado y sus distritos• Municipalidad Provincial de Huallaga y sus distritos• Municipalidad Provincial de Lamas y sus distritos• Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres y sus distritos • Municipalidad Provincial de Picota y sus distritos• Municipalidad Provincial de Rioja y sus distritos• Municipalidad Provincial de San Martín y sus distritos• Municipalidad Provincial de Tocache y sus distritos• Programa Nacional de Saneamiento Rural del MVCS• Centro de Emergencia Mujer• Fiscalía Provincial Civil y Familiar• Prefectura Regional y Provincial• Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC • Defensoría del Pueblo• Coordinación de Enlace MIDIS• Coordinación Territorial FED• Programa Nacional Cuna Más - UT San Martín• Programa Juntos - UT San Martín• Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - UT San Martín • Programa FONCODES - UT San Martín• Programa Pensión 65 - UT San Martín• Programa Social Contigo – UT San Martín• CODEPISAM• Policía Nacional del Perú• CONADIS SAN Martín