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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (06/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Viernes 6 de noviembre de 2020 / El Peruano POR TANTO: Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil veinte. RICARDO CHAVARRIA ORIA Gobernador Regional de Lima 1900533-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban conformación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo Social y Productivo, y declaran el Desarrollo Infantil Temprano - DIT como prioridad en la política de la Región San Martín, y establecen la estrategia de gestión territorial primero la infancia, como herramienta de gestión para la implementación de esta política ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2020-GRSM/CR Moyobamba, 4 de agosto de 2020POR CUANTO:El consejo Regional de la Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Con Informe Técnico Nº 003-2020-GRSM/GRDS, de fecha 16 de julio de 2020, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, solicita la conformación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo Social y Productivo, señalando lo siguiente: Que, en el marco de la Política de Desarrollo e inclusión Social, nace la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer” creada por Decreto Supremo Nº 008-2013-MIDIS, guía vinculante que permite que todos los sectores y niveles de gobierno orienten sus intervenciones en materia de desarrollo e inclusión social de manera articulada y coordinada a favor de la población de la Primera Infancia y demás ciclos de vida, destinada a contribuir a la reducción de las brechas actuales en cobertura y calidad de servicios públicos y desarrollo de capacidades y oportunidades en general, frente al resto del país; Al respecto, el numeral 2.1, establece que para que dicha estrategia alcance su objetivo, el cual consiste en ordenar las intervenciones existentes a nivel intersectorial e intergubernamental orientándolas a resultados prioritarios de desarrollo e inclusión social para lograr la inclusión y el cierre de brechas que enfrenta la PEPI, se ha considerado las acciones en torno a cinco ejes estratégicos: Nutrición Infantil, Desarrollo Infantil Temprano, Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, Inclusión Económica y Protección del Adulto Mayor. Que, la Resolución Suprema Nº 413-2013-PCM, señala que los ámbitos de aplicación de los Lineamientos para la Gestión Articulada Intersectorial e Intergubernamental orientada a promover el Desarrollo Infantil Temprano, tiene un alcance institucional, al ser de aplicación obligatoria por las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con roles diferenciados y complementarios a la vez. Los roles de provisión, articulación en el territorio y seguimiento y evaluación son ejercidos plenamente por los tres niveles de gobierno, con énfasis y participaciones diferenciadas en función a las intervenciones especí fi cas y la normatividad vigente. Tiene, además, un alcance en todo el ámbito territorial, por cuanto, el Desarrollo Infantil Temprano deberá ser promovido como una política pública universal en todo el territorio de la nación; Que, mediante D.S. Nº 003-2019-MIDIS, se aprueba la Estrategia de Gestión Territorial “ Primero Infancia”, con el propósito de efectivizar con carácter de prioridad, el acceso al paquete integrado de servicios priorizados, que contribuyan al desarrollo de las niñas y los niños desde la gestación hasta los 05 años de edad, a través de la gestión articulada de la entidades que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local, fortaleciendo las sinergias y eliminado las duplicidades, de acuerdo a sus roles y capacidades. Estos paquetes integrados de servicios priorizados para las niñas y niños desde la gestación hasta los cinco años de edad, son: a) Paquete de atención a la gestante: 4 exámenes auxiliares (examen completo de orina, hemoglobina/ hematocrito, tamizaje VIH, tamizaje sí fi lis) en el primer trimestre y al menos 4 atenciones prenatales con suplemento de hierro y ácido fólico. b) Paquete integrado de servicios para niñas y niños menores de 2 años: DNI, CRED completo según edad, vacunas de neumococo y rotavirus, suplementación con hierro y dosaje de hemoglobina. - Prevención de anemia: suplementación con gotas de hierro a los 4 y 5 meses de edad. - Diagnóstico y tratamiento de anemia: niñas y niños menores de 12 meses con diagnóstico de anemia, y reciben tratamiento con hierro. c) Paquete integrado para niños y niñas de 3 a 5 años de edad: acceso a la educación inicial a los 3 años de edad. d) Paquete de entorno: niñas y niños menores de 60 meses de edad acceden a agua clorada para consumo humano (cloro residual en muestra de agua para consumo humano >=0.5 mg/l). La Instancia de Articulación Regional, priorizará sus acciones estratégicas en el eje 1,2 y 3 establecidos en el numeral 2.1 del D.S Nº 008-2013-MIDIS, que aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “ Incluir para Crecer”, ya que declararán como prioritaria la atención integral de la Primera Infancia, reconociendo que en esta etapa temprana se de fi ne, en gran medida, la capacidad de una persona para desarrollar su potencial y consolidarse en la adultez, como ciudadano o ciudadana saludable, responsable y productivo para sí mismo, su familia y la Social; igualmente el eje 4 referido a la “inclusión económica”, que busca promover la inclusión económica de jóvenes y adultos en situación de pobreza y/ vulnerabilidad y el eje 5 referido a la “Protección del Adulto Mayor”, que busca que los adultos mayores más pobres y excluidos gocen de una red de protección social que les permita acceder a atención de calidad en establecimientos de salud y en la comunidad en general. En la región se ha intervenido a nivel de diferentes actores ( Defensoría del Pueblo, Fiscalía, CEM, CODEPISAM, entre otros), abordando temas especi fi cas los cuales no tuvieron los resultados óptimos en nuestra población, por tal motivo es necesario tener una mirada de intervención holística de manera articulada, que permita abordar el cierre de brechas sociales y económicas y que la suma de esfuerzos de todos los actores que intervienen en cada actividad social y económica garanticen su ejecución, orientado a un resultado óptimo. A nivel