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22 NORMAS LEGALES Sábado 7 de noviembre de 2020 / El Peruano difundir publicidad estatal no justi fi cada en razones de impostergable necesidad o utilidad pública; Que, sobre ello, precisa que mediante la Ley N° 30309, Ley que promueve la Investigación Cientí fi ca, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica se estableció una deducción adicional para los contribuyentes que efectúen gastos en proyectos de investigación cientí fi ca, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, vinculados o no al giro de negocio de la empresa, que cumplan con determinados requisitos como es la cali fi cación del proyecto como de investigación por el CONCYTEC, norma que fue modi fi cada a través del Decreto de Urgencia N° 010-2019, ampliándose la vigencia de la deducción hasta el ejercicio gravable 2022; Que, agrega, que mediante la Ley N° 28673, se declara la Primera Semana de noviembre como “La Semana de la Promoción y Desarrollo Cientí fi co y Tecnológico del país” disponiéndose su promoción a nivel nacional, a través del CONCYTEC con el propósito de incentivar las actividades cientí fi cas y tecnológicas en nuestro país; Que, a través del Informe N° 112-2020-CONCYTEC- OGPP-OPP y Proveído N° 263-2020-CONCYTEC-OGPP la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que ha identi fi cado que el Plan de Estrategia Publicitaria del CONCYTEC correspondiente al año 2020 y las actividades que la conforman se encuentran acordes con la prioridad institucional, lo que se ve re fl ejado en el alineamiento a los Objetivos Estratégicos Nº 1, Nº 6 y N° 7 del Plan Estratégico Institucional vigente y al Plan Operativo Institucional 2020 del CONCYTEC, y cuenta con el fi nanciamiento respectivo, por lo cual, emite la opinión favorable para la aprobación del referido Plan de Estrategia Publicitaria; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 135-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 561-2020-CONCYTEC-OGAJ, manifiesta que el Plan de Estrategia Publicitaria constituye publicidad institucional al encontrarse dentro de la definición de publicidad estatal establecida en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en el Período Electoral, aprobado por aprobado por Resolución N° 0306-2020-JNE. En ese sentido, y considerando las opiniones emitidas por los órganos competentes señala que se ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal y la justificación de utilidad pública establecida en el citado Reglamento, por lo que emite opinión legal favorable para que se emita el acto de administración que apruebe el mencionado Plan; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria del CONCYTEC, correspondiente al año fi scal 2020; Con la visación de la Secretaria General (e), del Director de la Dirección de Políticas y Programas CTI; de la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y del Encargado de las funciones de la Ofi cina de Comunicaciones y Proyección en CTeI, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, y en la Ley N° 30806, que modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad Estatal, en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en el Período Electoral, aprobado por aprobado por Resolución N° 0306-2020-JNE, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica- CONCYTEC, correspondiente al año fi scal 2020, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Comunicaciones y Proyección de CTeI efectúe el seguimiento de la ejecución del Plan aprobado en el artículo precedente. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones y Proyección de CTeI el cumplimento de las condiciones para la difusión de la publicidad estatal establecidas en el artículo 19 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en el Período Electoral, aprobado por Resolución N° 0306-2020-JNE, así como el cumplimiento de la remisión del reporte posterior a que hace referencia el artículo 24 del mencionado Reglamento. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina de Comunicaciones y Proyección de CTeI, a la Dirección de Políticas y Programas CTI, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en el mismo día, la Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC (www.gob.pe/concytec). Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO Presidenta 1901098-1 PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Designan Jefe de la Oficina de Administración de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO Nº 59-2020-PGE/PG Lima, 6 de noviembre del 2020 VISTO:Procuraduría General del Estado; CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que mediante el Decreto Supremo N° 018-2019- JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; Que el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1326 establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los/las procuradores/as públicos/as, conforme a lo establecido en el artículo 47° de la Constitución Política del Perú; Que mediante el Decreto Supremo N° 009-2020- JUS publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 16 de julio del 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General