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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (07/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Sábado 7 de noviembre de 2020 El Peruano / Modifican la Directiva N° 005-2014-CG/ AFIN “ Auditoría Financiera Gubernamental” y el “Manual de Auditoría Financiera Gubernamental”, aprobados por Res. N° 445-2014-CG RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 324-2020-CG Lima, 5 de noviembre de 2020VISTOS:La Hoja Informativa N° 000261-2020-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; el Memorando N° 000881-2020-CG/VCSCG de la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental; y la Hoja Informativa N° 000329-2020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, precisa que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y veri fi cación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de e fi ciencia, e fi cacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fi nes de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes; siendo que el control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente; Que, el artículo 14 de la mencionada Ley N° 27785, dispone que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 273- 2014-CG y sus modi fi catorias, se aprobó las Normas Generales de Control Gubernamental, las cuales son de obligatorio cumplimiento para la realización del control gubernamental, estableciendo en su numeral 1.17 de la sección I. Marco Conceptual, como una de las modalidades de ejecución de los servicios de control posterior, la Auditoría Financiera; Que, en ese contexto, con Resolución de Contraloría N° 445-2014-CG, se aprobó la Directiva N° 005-2014-CG/AFIN “Auditoría Financiera Gubernamental” con la fi nalidad de regular las auditorías fi nancieras a realizarse en el sector público, de manera que se incremente el grado de con fi anza de los usuarios de los estados presupuestarios y fi nanciero, así como contribuir a la efi cacia, e fi ciencia y calidad en la auditoría a la Cuenta General de la República; asimismo, a través de la citada Resolución se aprobó el “Manual de Auditoría Financiera Gubernamental”, que establece la metodología para el desarrollo de la dicha auditoría. Que, mediante Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se modi fi có el literal n) del artículo 9 de la Ley N° 27785, referido al principio de reserva, precisando que una vez culminado el servicio de control y luego de noti fi cado el informe, el mismo adquiere naturaleza pública y debe ser publicado en su integridad en la página web de la Contraloría General de la República; Que, con Resolución de Contraloría N° 197-2020-CG se aprobó la Directiva N° 008-2020-CG/GTI “Noti fi caciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control”, la cual regula las noti fi caciones electrónicas en el marco de los procesos de control y procedimientos administrativos que se encuentren a cargo de la Contraloría General de la República, el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas y los Órganos de Control Institucional; asimismo establece las disposiciones para la creación y actuación de la casilla electrónica asignada por esta Entidad Fiscalizadora Superior, y su uso en el marco de las noti fi caciones electrónicas; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 267- 2020-CG se modi fi có la estructura orgánica de la Contraloría General de la República y su Reglamento de Organización y Funciones, estableciendo entre otros aspectos, que los órganos desconcentrados y las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República así como los Órganos de Control Institucional son responsables de la formulación y elaboración de los informes de control resultantes de los servicios de control posterior; Que, mediante Memorando N° 000881-2020-CG/ VCSCG, la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental emite comentarios al proyecto de Resolución de Contraloría cuya aprobación se propone, los cuales fueron revisados y considerados en lo que corresponde, para la mejora del mismo; Que, estando a lo antes expuesto y conforme a lo sustentado mediante Hoja Informativa N° 000261-2020-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se ha identi fi cado la necesidad de efectuar modi fi caciones en la Directiva N° 005-2014- CG/AFIN “Auditoría Financiera Gubernamental” y el “Manual de Financiera Gubernamental” relacionados a su alcance, las comunicaciones y noti fi caciones electrónicas, la publicidad de los informes de auditoría fi nanciera y a los niveles de aprobación de los informes de auditoría fi nanciera, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 27785, la Directiva N° 008-2020-CG/GTI “Noti fi caciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control” y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República vigente; Que, de acuerdo a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa N° 000329-2020-CG/GJN, se encuentra conforme a los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000261-2020-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental y al Memorando N° 000881-2020-CG/VCSCG de la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental, estando sustentada la necesidad de efectuar modi fi caciones a la Directiva N° 005-2014- CG/AFIN “Auditoría Financiera Gubernamental” y al “Manual de Auditoría Financiera Gubernamental” aprobados por Resolución de Contraloría N° 445-2014-CG, por lo cual resulta viable jurídicamente la emisión del acto resolutivo correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar los numerales 6.10 y 6.11 al acápite 6. Disposiciones Generales; y, modi fi car el numeral 3.1 del acápite 3. Alcance, los numerales 6.4, y 6.9 del acápite 6. Disposiciones Generales, y los numerales 7.1.2.3, 7.1.3.2 y 7.1.3.3 del acápite 7. Disposiciones Especí fi cas, de la Directiva N° 005- 2014-CG/AFIN “Auditoría Financiera Gubernamental”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 445-2014-CG, conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Modi fi car el numeral 6 del Capítulo II Marco Conceptual del Manual de Auditoría Financiera Gubernamental, el numeral 2.5 del numeral 2 del Capítulo