TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2020 / El Peruano En uso de las facultades conferidas por el literal s) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Procedimiento para la Adjudicación, Donación y Destino de Bienes versión 1, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Derogación Dejar sin efecto la Norma N° 07-2013-SUNAT/4G0000, aprobada mediante la Resolución de Intendencia N° 25-2013-SUNAT/4G0000 y modi fi cada por la Resolución de Intendencia N° 054-2016-SUNAT/8B0000, así como la Norma N° 08-2013-SUNAT/4G0000, aprobada por la Resolución de Intendencia N° 26-2013-SUNAT/4G0000 y modi fi cada por la Resolución de Intendencia N° 055-2016-SUNAT/8B0000, que regulan el procedimiento de adjudicación de mercancías y el procedimiento de donación y destino de bienes, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente NacionalSuperintendencia Nacional de Aduanasy de Administración Tributaria Pr ocedimiento de Adjudicación, Donación y Destino de Bienes Versión 1 SIGLAS- CT: Código Tributario. - DDBM: División de Disposición de Bienes y Mercancías. - GA: Gerencia de Almacenes. - LDA: Ley de los Delitos Aduaneros. - LGA: Ley General de Aduanas. - OSA: Ofi cina de Soporte Administrativo. - RUC: Registro Único de Contribuyentes. - SIA: Sistema Integrado de Almacenes. - SIGED : Sistema de Gestión Documentaria. - SSA: Sección de Soporte Administrativo. - SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. - TUO de la LPAG: Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. - UOO: Unidad de Organización Operativa. - UOR : Unidad de Organización Responsable. I. OBJETIVO Precisar las actividades a seguir para la atención de las necesidades o requerimientos de bienes que están disponibles en un almacén aduanero o en un almacén de la SUNAT en aplicación de la Ley General de Aduanas, la Ley de los Delitos Aduaneros y el Código Tributario para su adjudicación, donación o destino. II. ALCANCE El presente procedimiento es de cumplimiento obligatorio por las unidades de organización que intervienen desde la determinación y veri fi cación legal de la disponibilidad de los bienes en un almacén aduanero o un almacén de la SUNAT, hasta la noti fi cación del resultado de la evaluación de las diferentes modalidades de atención para la adjudicación, donación o destino de bienes. III. BASE NORMATIVA 3.1. Código Tributario, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013, y modi fi catorias (numeral 7 del artículo 62, artículos 121-A, 182 y 184). 3.2. Decreto Legislativo Nº 1053 que aprueba la Ley General de Aduanas, publicado el 27.6.2008, y modi fi catorias (inciso f del artículo 179, artículos 180, 181, 184, 185 y 186). 3.3. Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1053, Ley General de Aduanas, publicado el 16.1.2009, y modi fi catorias. 3.4. Ley Nº 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, publicada el 19.6.2003, y modi fi catorias (artículos 23, 25, 27 y 31). 3.5. Decreto Supremo Nº 121-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, publicado el 27.8.2003, y modi fi catorias (artículos 14 y 21). 3.6. Ley del Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicado el 25.1.2019, y modi fi catorias (artículos 19, 20 y 25). 3.7 Resolución de Superintendencia N° 157-2004/ SUNAT que aprueba el Reglamento de la sanción de comiso de bienes prevista en el Art. 184 del Código Tributario, publicada el 27.6.2004, y modi fi catorias. 3.8 Resolución de Superintendencia N° 158-2004/ SUNAT que aprueba el Reglamento de la Sanción de Internamiento Temporal de Vehículos prevista en el Art. 182 del Código Tributario, publicado el 27.6.2004, y modi fi catorias. 3.9 Resolución de Superintendencia N° 216-2004/ SUNAT que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT, publicado el 25.9.2004, y modi fi catorias. 3.10 Resolución de Superintendencia Nº 122- 2014/SUNAT que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, publicada el 1.5.2014, y modi fi catorias. 3.11 Resolución de Superintendencia N° 109-2020/ SUNAT que aprueba el Documento de Organización y Funciones Provisional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, publicada el 27.6.2020, y modi fi catorias. 3.12 Resolución de Superintendencia N° 077-2020/ SUNAT que aprueba la creación de la mesa de partes virtual de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, publicada el 8.5.2020. IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS 4.1. Adjudicación: Acto mediante el cual la SUNAT dispone de los bienes que están en situación de abandono legal, abandono voluntario, incautados, comisados y decomisados, incluso de los que se encuentran con un proceso administrativo o judicial en trámite, al amparo de la LGA y de la LDA, en favor de las entidades públicas o de instituciones sin fi nes de lucro de tipo asistencial, educacional o religioso, o fi cialmente reconocidas. 4.2. Almacén aduanero: Operador de comercio exterior que presta el servicio de almacenamiento temporal de mercancías para su despacho aduanero, entendiéndose como tales a los depósitos temporales y depósitos aduaneros. 4.3. Almacén de la SUNAT: Local propio, alquilado o que se contrata a través de la modalidad de tercerización, convenio u otras, que se destina a la custodia de los bienes disponibles, entre otros; que se encuentra bajo la administración de la SUNAT. 4.4. Bienes: Artículos, mercancías o instrumentos en abandono legal, abandono voluntario, incautados, comisados y decomisados en aplicación de la normativa tributaria, la LGA o la LDA. 4.5 Bienes de disposición inmediata: Aquellos bienes comisados perecederos que inician su descomposición de manera rápida y sencilla, y que incluye a los animales vivos. Esta descomposición está determinada por factores como la temperatura, la presión, la humedad o por la ausencia de condiciones adecuadas para su conservación o preservación. También se consideran