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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (25/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de noviembre de 2020 El Peruano / Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, en adelante la “Directiva”, que establece, entre otros, lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en adelante CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la Directiva, establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057; asimismo, señala que el CAP Provisional solo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo N° 4 de la Directiva; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 289-2019-MTC/01.02, de fecha 16 de abril de 2019, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, conforme al anexo que forma parte integrante de dicho resolutivo; Que, a través de Informe N° 104-2020-MTC/21.ORH, de fecha 22 de octubre de 2020, la Jefa de la O fi cina de Recursos Humanos, argumenta y solicita, se gestione el reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Entidad, en concordancia con el Manual de Operaciones del “Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO” documentos internos y en virtud a lo dispuesto en la Directiva, manifestando entre los aspectos que dan sustento a su solicitud lo siguiente; “(…)Corresponde efectuar las siguientes acciones de reordenamiento en el Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P: a) En la O fi cina de Administración, cambio de denominación de cargo Secretaria III por Digitador de Documentos, en atención al mandato judicial emitido por Resolución N° 23 del expediente N° 24094-2011-0-1811-JR-LA-23, emitida por el Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Lima que dispone la reincorporación de una servidora. b) En la Gerencia de Fortalecimiento de la Gestión Vía Descentralizada, conforme al Clasi fi cador de Cargos vigente, se propone el cambio de denominación del cargo Analista en Descentralización III, por el de ANALISTA EN FORTALECIMIENTO III. c) En la Gerencia de Estudios, conforme al Clasi fi cador de Cargos que establece las actividades generales por el tipo de cargo y el de Cuadro de Equivalencias, los seis (6) cargos “Especialista en Inversión IV”, se disgregan en: - Especialista en Inversión IV: Dos (02) cargos. - Especialista en Estudio IV: Cuatro (04) cargos. d) Incluyendo el cambio en la O fi cina de Asesoría Jurídica con la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la situación de dieciocho (18) cargos variaron conforme al detalle siguiente: - Quince (15) pasaron de previsto a ocupado. - Tres (3) pasaron de ocupado a previsto. El número total de cargos en el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP - P vigente y en el proyecto de reordenamiento de CAP Provisional, se mantiene en 450 plazas.Finalmente, se precisa que el reordenamiento de la situación de cargos al interior de la Entidad, se propone siguiendo la normativa de la materia y lo señalado por personal de SERVIR, a través del correo de fecha 30 de setiembre de 2020. Así tenemos: - Las acciones de reordenamiento se efectúa conforme a lo regulado en el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH. - Se sustenta documentalmente cada una de las acciones propuestas, para dicho fi n se adjuntan resoluciones ministeriales/directorales, contratos de trabajo a plazo indeterminado, informes, memorando y normativa respectiva. - Ningún cargo ha sido recategorizado.- Los servidores civiles cuyos cargos han sido reordenados a la calidad de ocupados, se obtuvo tras el ingreso de una persona a la entidad mediante concurso público de méritos, a través de una designación con dispositivo legal o en cumplimiento de un mandato judicial (cosa juzgada). - Así mismo, el reordenamiento de los cargos “previstos”, se efectuó teniendo en cuenta el estado en el que se encuentra el cargo, que a la fecha no cuenta con una persona que efectivamente la ocupe (adjuntándose el sustento documentario). - El reordenamiento de la situación de cargos al interior de las o fi cinas propuesto, no incrementa el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, tal y conforme lo acredita las certi fi cación presupuestal de la planilla CAP 2020. (…)”;Que, atendiendo la solicitud formulada por la Jefatura de la O fi cina de Recursos Humanos, se advierte que mediante Informe N° 325-2020-MTC/21.OPP, de fecha 26 de octubre de 2020, el Jefe (e) de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad, se pronuncia señalando que el proyecto de reordenamiento de cargos del CAP Provisional de PROVIAS DESCENTRALIZADO, se enmarca en el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, que no se requiere mayor presupuesto y por consiguiente, otorga opinión favorable sobre dicha propuesta; Que, atendiendo lo antes descrito, corresponde señalar que el numeral 5. Sobre el reordenamiento de cargos, del Anexo N° 4, de la Directiva, dispone que: “El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad”; Que, asimismo, el aludido numeral del Anexo Nº 4 de la Directiva, señala que: “El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la O fi cina de Recursos Humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la O fi cina de Racionalización, o quien haga sus veces (…)”; Que, para el caso de PROVIAS DESCENTRALIZADO, ya se cuenta con un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobado a través de la Resolución Ministerial N° 289-2019-MTC/01.02; por lo que, se advierte que el presente trámite de reordenamiento se ha llevado atendiendo el procedimiento dispuesto en el numeral 5, del Anexo N° 4 de la Directiva, razón por la cual, de la lectura de los documentos de los vistos, se desprende que se cuenta con la sustentación de la O fi cina de Recursos Humanos y con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, en atención a los aspectos descritos en los considerandos precedentes, mediante el Informe N° 874-2020-MTC/21.OAJ opina de manera favorable respecto a la necesidad de aprobar el