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76 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de noviembre de 2020 / El Peruano del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado (virtual); CONSIDERANDO:Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que mediante el Decreto Supremo Nº 018-2019- JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; Que el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1326 establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado a cargo de los/as procuradores/as públicos/as, conforme a lo establecido en el artículo 47° de la Constitución Política del Perú; Que según lo prescrito en el numeral 1 del artículo 38 del Decreto Legislativo N° 1326, la designación de los/las procuradores/as públicos/as culmina, entre otras razones, por aceptación de la renuncia; Que la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, establece que, mediante resolución expresa del Procurador General del Estado, se da término a la designación de los/as procuradores/as públicos/as y procuradores/as públicos/as adjuntos/as de todos los niveles de gobierno, incluso aquellos que hubieran sido designados mediante acto administrativo distinto; Que conforme a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado reglamento, el cese de funciones de procuradores/as públicos/as que se encuentran en actividad a la fecha de entrada de vigencia del mismo, tal como se establece en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326, es dispuesto por el Procurador General del Estado, previa aprobación del Consejo Directivo; Que, mediante Resolución Suprema N° 036-2019- JUS publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 5 de febrero del 2019, se designó a la abogada SHARLY MARLOWE FACHO NÚÑEZ como Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada de Ancash; Que con la carta de Visto la abogada SHARLY MARLOWE FACHO NÚÑEZ, atendiendo a razones de carácter estrictamente personal y profesional, presenta su renuncia irrevocable al cargo para el cual fue designada por Resolución Suprema N° 036-2019-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la abogada SHARLY MARLOWE FACHO NÚÑEZ al cargo de Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada de Ancash, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar temporalmente el despacho de la Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada de Ancash al abogado JAVIER ALONSO PACHECO PALACIOS, Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción, hasta que se lleve a cabo el proceso de selección correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJÁN Procurador General del Estado 1906095-1Encargan temporalmente el despacho de la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO N° 70-2020-PGE/PG Lima, 24 de noviembre del 2020VISTOS:El Informe N° 010-2020-PGE/OAJ del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado, el O fi cio N° 001205-2020-CG/DC del Contralor General de la República, y el Acta de la Décima Cuarta Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado (virtual); CONSIDERANDO:Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que mediante el Decreto Supremo Nº 018-2019- JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; Que el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1326 establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado a cargo de los/as procuradores/as públicos/as, conforme a lo establecido en el artículo 47° de la Constitución Política del Perú; Que según lo prescrito en el numeral 4 del artículo 38 del Decreto Legislativo N° 1326, la designación de los/las procuradores/as públicos/as, culmina, entre otras razones, por término de la designación; Que la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, establece que, mediante resolución expresa del Procurador General del Estado, se da término a la designación de los/as procuradores/as públicos/as y procuradores/as públicos/as adjuntos/as de todos los niveles de gobierno, incluso aquellos que hubieran sido designados mediante acto administrativo distinto; Que conforme a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado reglamento, el cese de funciones de procuradores/as públicos/as que se encuentran en actividad a la fecha de entrada de vigencia del mismo, tal como se establece en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326, es dispuesto por el Procurador General del Estado, previa aprobación del Consejo Directivo; Que, mediante Resolución Suprema N° 122-2019- JUS publicada en el diario o fi cial El Peruano el 12 de junio del 2019, se designó a la abogada MARÍA DEL CARMEN BARRÁGAN COLOMA, como Procuradora Pública de la Contraloría General de la República; Que con el acta de sesión de Visto, el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado acordó aprobar el cese de funciones de la abogada MARÍA DEL CARMEN BARRAGÁN COLOMA, como Procuradora Pública de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar término a la designación de la abogada MARÍA DEL CARMEN BARRAGÁN COLOMA