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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (30/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Lunes 30 de noviembre de 2020 El Peruano / ItemDescripción de las obras complementarias e instalaciones fi jas y permanentesDescripción componenteUnidad medidaV.U. 2021 S/ 87Postes de Concreto ArmadoPostes de concreto, un refl ector, instalado y Cableado, H=8,00mpza 1,456.30 88Postes de Concreto ArmadoPostes de concreto, un refl ector, instalado y Cableado, H=7,00mpza 1,226.98 89Postes de Concreto ArmadoPostes de concreto, un refl ector, instalado y Cableado, H=3,00mpza 615.14 90 CubiertasCubierta de Tejas de Arcillas o similarm2 127.02 91 CubiertasCubierta de Ladrillo Pastelero Asentado C/Mezcla 1.5m2 52.67 92 CubiertasCubierta de Ladrillo Pastelero Asentado C/Barrom2 52.64 93 Cubiertas Cubierta con Torta de Barro 2” m2 28.6994 Pasamano MetálicoPasamano Metálico de Tubo Redondo Galvanizado de 3”ml 257.61 95 Pasamano MetálicoPasamano Metálico de Tubo Redondo Galvanizado de 2”ml 167.21 96 Pasamano MetálicoPasamano Metálico de Tubo Redondo Galvanizado de 1”ml 125.56 97 Cercos MetálicosCerco Metálico; Tubo Redondo 2” Ang 1” Malla 2x2 Alam #8m2 160.06 98 Cercos MetálicosCerco Metálico; Tubo Redondo 2” Ang 1” Malla 2x2 Alam #10m2 156.80 99 Cercos MetálicosCerco Metálico; Tubo Redondo 2” Ang 1” Malla 2x2 Alam #12m2 139.77 100Columnas Estructuras o Similares de fi erroPoste/Estructura de fi erro h=4mtpza 288.06 101Columnas Estructuras o Similares de fi erroPoste/Estructura de fi erro h=2.50mtpza 176.00 102 SardinelSardinel de concreto e=0,15m; h=0,65mm3 959.97 103Pista o Pavimento de ConcretoPista o Losa de Concreto de 6”m3 966.39 104Trampa de Grasa de ConcretoTrampa de Grasa de concreto armadom3 1,031.72 105Estacionamiento verticalPlataforma de Estacionamiento hasta 2 niveles.m2 1,108.98 106Estacionamiento verticalPlataforma de Estacionamiento hasta 4 niveles.m2 1,810.69 Elaboración: SAT - O fi cina II de Plani fi cación y Estudios Económicos 1906960-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito de Ate ORDENANZA N° 543-MDA Ate, 27 de noviembre del 2020POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Noviembre del 2020; visto, el Dictamen N° 006-2020-MDA/CAT de la Comisión de Administración Tributaria, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modi fi catorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general; Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º, 194º y 203º de nuestra Constitución, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF, establece que “Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo”; Que, es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas, otorgando bene fi cios para la regularización de sus deudas a favor de los vecinos de nuestro distrito de Ate, con el fi n de continuar con las mejoras en los servicios que se prestan a la ciudad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de fecha 23 de Mayo del 2020, se declara Prorrogar el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020- PCM; y ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075- 2020-PCM y Nº 083-2020-PCM; y precisado o modi fi cado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM, Nº 046- 2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, N° 061-2020-PCM, N° 063-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 068-2020-PCM, N° 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y N° 174-2020-PCM, hasta el 30 de Noviembre del 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, disponiéndose el aislamiento social obligatorio (cuarentena); Que, mediante Dictamen Nº 006-2020-MDA/CAT, la Comisión de Administración Tributaria recomienda aprobar el proyecto de Ordenanza que otorga Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Distrito de Ate, solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° y articulo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: