Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (17/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Sábado 17 de octubre de 2020 / El Peruano Que, el Presupuesto Institucional aprobado, conforme con la resolución señalada en el considerando precedente, se modi fi có por la Resolución N° 010-2019-2020-P-CR, que aprobó el desagregado de una Transferencia de Partidas autorizada mediante Decreto Supremo N° 006-2020-EF, para el reajuste de pensiones, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; con la que el Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) asciende a S/ 648’954,031.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios y a S/ 643,903.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante el artículo 20 de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego, la cual se publica en el Diario O fi cial El Peruano; requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, publicada el 23 de octubre de 2019 en el Diario O fi cial El Peruano, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo, el mismo que aprueba para el Pliego 028 – Congreso de la República, el importe de S/ 227,186.92 (DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS Y 92/100 SOLES) por los períodos 2019 y 2020. El monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas por período a auditar es S/ 108,097.00 (CIENTO OCHO MIL NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES); Con O fi cio N°000353-2020-CG/DC del 01 de octubre 2020, la Contraloría General de la República nos comunica que encontrándose pendiente la contratación de la auditoria del periodo 2020 y a fi n de que se efectué la contratación de la sociedad de auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2020, requiere que este Pliego 028 - Congreso de la Republica, en un plazo de diez (10) días calendarios contados desde la recepción del citado ofi cio, realice la transferencia fi nanciera por el 50% de la retribución económica del periodo auditado 2020, por el importe de S/ 54,048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO Y 50/100 SOLES); Que, se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el importe ascendente a S/ 54,048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), correspondiente al 50% de la retribución económica; para el fi nanciamiento de la contratación de la sociedad de auditoría externa para el ejercicio 2020; Que, asimismo, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 028 – Congreso de la República, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 – Congreso de la República, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, hasta por el monto señalado en el considerando precedente; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, O fi cio N° N°000353- 2020-CG/DC y el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, Estando a lo opinado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe Nº 0911-2020-OPP-OM-CR; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorización de Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera, del Pliego 028 – Congreso de la República, Unidad Ejecutora 001 – Congreso de la República, hasta por el importe de S/54,048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado al pago del 50% de la retribución económica de la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2020. Artículo Segundo.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero de la presente Resolución de este Poder del Estado se realizará con cargo al Presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 028 – Congreso de la República, Unidad Ejecutora 001 – Congreso de la República, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Categoría presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 – Gestión Administrativa, Categoría de Gasto 5 Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional. Artículo Tercero.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese cúmplase y publíquese.MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA Presidente del Congreso de la República 1894155-1 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 124-2020 ESTABLECEN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA PRESUPUESTARIA QUE CONTRIBUYAN AL FINANCIAMIENTO DE ACTIVIDADES PRIORITARIAS Y CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS INSTITUCIONALES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha elevado la alerta por el COVID-19 a “nivel muy alto” en todo el mundo tras los casos de brote que se han detectado en más de ciento veinte (120) países, declarando dicho brote como una emergencia de salud