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9 NORMAS LEGALES Sábado 17 de octubre de 2020 El Peruano / acredite que se encuentra dentro del grupo de riesgo, establecido en el documento técnico: “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición a COVID-19”, aprobado por la Resolución Ministerial 448-2020-MINSA, será virtual, cuidando las medidas de seguridad que garanticen que el postulante no tendrá ningún recurso, humano o material, adicional que lo ponga en ventaja respecto de los demás postulantes. 34.3. Se pierde el derecho a la entrevista personal por inasistencia o por impuntualidad de la hora en que se citó al postulante. No se admite justifi cación alguna. Artículo 35. Cali fi cación de la entrevista 35.1. Los miembros de la Comisión Especial cali fi can de manera individual la entrevista de cada uno de los postulantes, de forma tal que asignan un puntaje. La cali fi cación otorgada debe estar motivada. 35.2. La cali fi cación y la motivación de esta son entregadas a la presidencia de la Comisión Especial, que se encarga de promediar, en la misma sesión, las notas de cada postulante y determinar su puntaje fi nal. Artículo 36. Criterios de evaluación La entrevista personal tiene por fi nalidad conocer al postulante de forma individual y directa y evaluar si se ajusta al per fi l de magistrado del Tribunal Constitucional. En tal sentido, se debe evaluar lo siguiente: habilidades, capacidades y aspectos personales, trayectoria académica y profesional; conocimiento y perspectiva sobre temas de relevancia nacional y compromiso con el sistema democrático, así como solvencia e idoneidad moral para el cargo, de acuerdo a los elementos establecidos en el párrafo 14.3 del artículo 14. La Comisión Especial puede considerar en esta etapa la realización de una prueba psicológica y psicométrica, para lo cual se encuentra autorizada para contratar los servicios especializados de empresas o expertos para la realización de estas pruebas. Aspectos a cali fi car en la entrevista Puntaje máximo 25 puntos Solvencia e idoneidad moral De 1 a 12 puntosTrayectoria profesional De 1 a 7 puntosProyección personal De 1 a 6 puntos Resultados Puntaje Apto De 15 a 25 puntos No apto De 1 a 14 puntos Artículo 37. Publicación de resultados fi nales de las entrevistas personales Los resultados fi nales de las entrevistas personales son publicados de manera detallada en la página web del Congreso de la República en el cuarto día al que se refi ere el artículo 33. CAPÍTULO X CUADRO DE MÉRITOS Y LISTA DE CANDIDATAS O CANDIDATOS APTOS Artículo 38. Promedio fi nal y cuadro de méritos 38.1. Concluida la etapa de la entrevista personal, la Comisión Especial elabora el cuadro de méritos, el que comprende la nota de cada una de las etapas en forma segmentada que sumadas dan el resultado fi nal. 38.2. Este procedimiento se consigna en acta, donde, además debe incluirse las votaciones individuales de los miembros de la Comisión Especial. 38.3. El cuadro de méritos se publica, al día siguiente de culminado el plazo para la entrevista personal, en el diario o fi cial El Peruano, en la página web del Congreso de la República y en un diario de circulación nacional.Artículo 39. Propuesta de la Comisión EspecialLa Comisión Especial luego de publicado el cuadro de méritos, entrega al Presidente del Congreso de la República la lista de candidatas o candidatos aptos elaborada en base al cuadro de méritos, junto a un informe donde se explica la motivación de los puntajes de cada uno de ellos, describiendo todo el proceso y la valoración efectuada en cada etapa. CAPÍTULO XI ELECCIÓN POR EL PLENO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Artículo 40. Elección de los magistrados por parte del Congreso de la República Recibida la lista de candidatas o candidatos aptos, elaborada por la Comisión Especial, el presidente del Congreso de la República convoca al Pleno en un plazo no menor de 5 días hábiles para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional. Artículo 41. Nueva propuesta Si concluidos los cómputos de los votos en el Pleno del Congreso de la República, no se logra cubrir las plazas vacantes, la Comisión Especial procede, en un plazo máximo de 5 días hábiles, a formular sucesivas propuestas en base al cuadro de méritos, hasta que se cubran las plazas vacantes. De no cubrirse las plazas vacantes con el cuadro de méritos de la primera convocatoria, se iniciará una nueva convocatoria con la fi nalidad de cubrir dichas vacantes. Comuníquese, publíquese y cúmplase.Dada en el palacio del Congreso, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil veinte. MANUEL MERINO DE LAMA Presidente del Congreso de la República LUIS ALBERTO VALDEZ FARÍAS Primer Vicepresidente del Congreso de la República 1894547-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada al pago de contratación de sociedad de auditoría externa RESOLUCIÓN Nº 06-2020-2021-P-CR Lima, 8 de octubre de 2020Visto el Informe Nº 0911-2020-OPP-OM-CR, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el que se propone una transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2020 del Pliego 028 – Congreso de la República, dispuesta por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; mediante Resolución N° 008-2019-2020-P-CR se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y de Egresos para el Año Fiscal 2020 del Pliego 028 - Congreso de la República, por fuentes de fi nanciamiento, en los montos de S/ 648´725,071.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) por la fuente Recursos Ordinarios y S/ 643,903.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES) por la fuente Recursos Directamente Recaudados; así como también la Estructura Programática y Estructura Funcional para el Año Fiscal 2020;