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39 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2020 El Peruano / Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2015-EM publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 24 de abril de 2015, se nombró al abogado Luis Federico Panizo Uriarte como Vocal Titular del Consejo de Minería por un período de cinco años, contado a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolución Suprema; Que, asimismo, mediante Resolución Suprema Nº 014-2018-EM publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 30 de noviembre de 2018, fueron nombrados Vocales Suplentes del Consejo de Minería la abogada María Angélica Remuzgo Gamarra y el ingeniero Eloy César Salazar Loayza por un período de un año, contado a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolución Suprema; Que, conforme a los documentos de vistos, se advierte que ha culminado el periodo de nombramiento de los profesionales citados precedentemente, razón por la que, a efectos de garantizar la continuidad de la gestión del Consejo de Minería, resulta necesario nombrar a las personas que ejercerán dichos cargos, al encontrarse vacantes las citadas plazas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y los artículos 95 y 96 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM concordado con los numerales 4.1 y 4.2 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo de Minería, aprobado por Resolución Ministerial Nº 028-82-EM/CM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar en el cargo de Vocal Titular del Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas, por el periodo a que se re fi ere el artículo 95 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema, a la siguiente persona: - Abogada Marilú Martha Falcón Rojas.Artículo 2.- Nombrar en el cargo de Vocales Suplentes del Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas, por el plazo de un (01) año, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema, a las siguientes personas: - Abogada María Angélica Remuzgo Gamarra. - Ingeniero Henry John Luna Córdova. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República LUIS INCHÁUSTEGUI ZEVALLOS Ministro de Energía y Minas 1896335-11 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 324-2020-MINEM/DM Lima, 22 de octubre de 2020 VISTOS: El Informe Nº 127-2020-MINEM-OGPP/ OPRE emitido por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 028-2020-MINEM-OGA/MTC de la O fi cina General de Administración; y el Informe Nº 691-2020/MINEM-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, en el marco de Decreto de Urgencia Nº 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial Nº 428-2019-MINEM/DM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e Ingresos correspondiente al año fi scal 2020 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369- 2019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con el O fi cio Nº 000371-2020-CG/GAD la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Energía y Minas, la Transferencia Financiera por el monto de S/ 227,164.00 (Doscientos veintisiete mil ciento sesenta y cuatro con 00/100 soles) correspondiente al pago de la retribución económica (incluido el IGV) del derecho de designación a una sociedad de auditoria por el periodo 2020, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, mediante Informe Nº 127-2020-MINEM-OGPP- OPRE la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable dado que cuenta con los recursos presupuestales disponibles hasta por la suma de S/ 227,164.00 (Doscientos veintisiete mil ciento sesenta y cuatro con 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Meta Presupuestaria 0022 “Gestión Administrativa” de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, correspondiente al ejercicio fi scal 2020, que permitirá atender la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, con fecha 16 de octubre de 2020, aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2020-01839-001 con SIAF 0000001813, por el monto de S/ 227,164.00 (Doscientos veintisiete mil ciento sesenta y cuatro con 00/100 soles) para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, mediante Informe Nº 028-2020-MINEM-OGA/ MTC la O fi cina General de Administración señala que la transferencia fi nanciera se encuentra sustentada en la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, por lo que recomienda atender lo solicitado por la Contraloría General de la República;