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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (23/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2020 / El Peruano y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Efraín Alexander Valverde Chevez; Que, es necesario requerir que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y en sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición; Que, conforme al Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana, fi rmado el 24 de noviembre de 1994 y vigente desde el 7 de abril de 2005, así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana DENNIS ALCIDES TRUJILLO SOLIER a la República Italiana, formulada por la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, declarada procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Efraín Alexander Valverde Chevez; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, conforme al Tratado vigente y a la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y en sus custodios, como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1896335-10 Designan director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Trujillo - La Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 150-2020-JUS/PRONACEJ Lima, 21 de octubre de 2020VISTOS, el Memorándum Nº 195-2020-JUS/ PRONACEJ de la Dirección Ejecutiva; el Memorándum Nº 396-2020-JUS/PRONACEJ-UA de la Unidad de Administración; Informe Nº 491-2020-JUS/PRONACEJ-UA-SRH de la Subunidad de Recursos Humanos; el Informe Nº 275-2020-JUS/PRONACEJ-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006- 2019-JUS se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (en adelante PRONACEJ) en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional; Que, se encuentra vacante el cargo estructural de director/a del Centro Juvenil de Medio Cerrado Trujillo – La Libertad del PRONACEJ, el cual tiene la clasi fi cación de “Empleado de Con fi anza (EC)”, según el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del PRONACEJ, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0281-2019-JUS; por lo que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Que, mediante el Informe Nº 491-2020-JUS/ PRONACEJ-UA-SRH, la Subunidad de Recursos Humanos informa sobre un (1) profesional que cumple con los requisitos básicos del cargo estructural exigido por el Manual de Clasi fi cador de Cargos del PRONACEJ, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0196-2019-JUS, y su modi fi catoria, para desempeñar el cargo de con fi anza de director/a del Centro Juvenil de Medio Cerrado Trujillo – La Libertad del PRONACEJ, a partir de la publicación del acto resolutivo correspondiente en el Diario O fi cial “El Peruano”, adjuntando los documentos correspondientes que lo acreditan, conforme a lo requerido por la Dirección Ejecutiva en su Memorándum Nº 195-2020-JUS/PRONACEJ; Que, en cuanto a la disponibilidad presupuestal, la Subunidad de Recursos Humanos ha señalado en su referido Informe que según “según lo manifestado por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum Nº 286-2020-JUS/PRONACEJ, en mérito al Memorándum Nº 165-2020-JUS/PRONACEJ, se veri fi ca habilidad presupuestal para la designación del referido cargo estructural ”; Que, conforme al Informe Nº 275-2020-JUS/ PRONACEJ-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable que la Dirección Ejecutiva emita el acto resolutivo que designe al señor Gustavo Adolfo Campos Peralta en el cargo de con fi anza de director/a del Centro Juvenil de Medio Cerrado Trujillo – La Libertad del PRONACEJ; Con las visaciones de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación, la Unidad de Administración, la Subunidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución Ministerial Nº 0122-2020-JUS, que encarga la Dirección Ejecutiva del PRONACEJ; y, la Resolución Ministerial Nº 0120-2019-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del PRONACEJ, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar al señor GUSTAVO ADOLFO CAMPOS PERALTA en el cargo de con fi anza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Trujillo – La Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Disponer que la Subunidad de Recursos Humanos noti fi que la presente resolución al servidor referido en el artículo precedente, para los fi nes pertinentes. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ERIKA ELIZABETH BRICEÑO ALIAGA Directora EjecutivaPrograma Nacional de Centros Juveniles 1896030-1