NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (02/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
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72 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2020 / El Peruano EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por el señor Jorge Antonio Campos Gutiérrez para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019 (en adelante, el Reglamento), se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 27 de abril de 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Jorge Antonio Campos Gutiérrez, postulante a Corredor de Seguros de Personas, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación;Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Jorge Antonio Campos Gutiérrez, con matrícula número N-4958, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1881096-1 Autorizan a Crediscotia Financiera S.A. la apertura de oficina especial y el cierre de oficinas en los departamentos de Arequipa, Lima, Tumbes y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 02068-2020 Lima, 24 de agosto de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:La solicitud presentada por Crediscotia Financiera S.A. (en adelante, la Financiera) para que se le autorice la apertura de una (01) o fi cina especial y el cierre de tres (03) o fi cinas, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la Financiera ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30º y 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos - Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera S.A. la apertura de una (01) o fi cina especial y el cierre de tres (03) o fi cinas, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA TERESA SALAS CORTES Intendente General de Banca ANEXO Autorización Tipo Denominación Dirección Distrito Provincia Departamento Apertura O fi cina Especial Centro de Negocios Mollendo Calle Comercio Nº 536 Mollendo Islay Arequipa Cierre de fi nitivo O fi cina Especial Topitop San MiguelAv. La Marina Nº 2100 Tda. 244-315 C.C. Plaza San MiguelSan Miguel Lima Lima Cierre de fi nitivo Agencia Gambeta Av. Elmer Faucett Nº 6000 Callao Callao Callao Cierre de fi nitivo Agencia Aguas Verdes Av. República del Perú Nº 354 Mz. Ll, Lote 13 Aguas Verdes Zarumilla Tumbes 1880920-1 Autorizan a Crediscotia Financiera S.A. el cierre de agencia y oficinas especiales en los departamentos de Lima, Arequipa, Moquegua, Ica y Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 02069-2020 Lima, 24 de agosto de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera S.A. (en adelante, la Financiera) para que se le autorice el cierre de una (01) agencia y cuatro (04) o fi cinas especiales, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la Financiera ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;