Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2020 (08/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Martes 8 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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y, en el 7.5, se suspenden los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como cualquier otro tipo de reunión que ponga en riesgo la salud pública; Que, con Decreto de Urgencia N° 057-2020 se establecen medidas complementarias en materia económica y financiera para que los gobiernos regionales y los gobiernos locales implementen medidas que permitan en el marco de sus competencias la ejecución de acciones oportunas para la atención de la emergencia sanitaria producto por el brote del coronavirus COVID-19; Que, mediante informe N° 125-2020-GAJ-MDEA la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable del Proyecto de Ordenanza que promueve las medidas de bioseguridad y control para prevenir el COVID-19 en los establecimientos públicos y privados del distrito de El Agustino; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto MAYORITARIO de los señores miembros del concejo y con la dispensa de la lectura de aprobación del acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS OBLIGATORIAS DE BIOSEGURIDAD Y DE CONTROL SANITARIO EN LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO EN PREVENCIÓN DE LA PROPAGACIÓN DEL COVID­19 Artículo 1°.- APROBAR las "Medidas Obligatorias de Bioseguridad y de Control Sanitario en los establecimientos públicos y privados de usos comerciales, industriales y de servicios del distrito de El Agustino en prevención de la propagación del COVID ­ 19", las mismas que se encuentran en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- INCORPORAR en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones-CUIS aprobado mediante la Ordenanza N° 595-MDEA de fecha 14 de abril de 2016, los códigos de infracción de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- EXHORTAR a todos los conductores de los establecimientos públicos y privados a coadyuvar en la prevención para evitar la propagación del COVID-19, cumpliendo e implementando las medidas de bioseguridad y control que se aprueban con la presente ordenanza y las demás normas de alcance nacional. Artículo 4°.- DISPONER que la Gerencia de Desarrollo Económico, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa, Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres y demás áreas competentes el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 5°.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1882921-3

VISTO: El Informe N° 450-2020-SGRFT-GREN-MDEA de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe N° 176-2020-GREN-MDEA de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 183-2020-GAJMDEA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 256-2020-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal sobre prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 696-MDEA que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales y administrativos, y ; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (...) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al Artículo 42° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, promulgado el 22 de junio del 2013 en su artículo 41° establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. De la misma forma el último párrafo del artículo 29°, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de (90) noventa días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de Marzo del 2020, se declaró por el término de quince (15) días calendario, el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; Que, no obstante las medidas adoptadas se aprecia la necesidad de prorrogar el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado últimamente con Decreto Supremo N° 146-2020-PCM prolongándose hasta el 30 de Septiembre; Que, mediante Ordenanza N° 696-MDEA de fecha 12 de Junio del 2020, el Concejo Municipal de El Agustino, acuerda aprobar la ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS Y FLEXIBILIDADES TRIBUTARIAS PARA EL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES Y ADMINISTRATIVOS, dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Julio del 2020; Que, en la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada Ordenanza se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y asimismo su prorroga si fuera el caso; Que, mediante Informe N° 450-2020-SGRFTGREN-MDEA de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, e Informe N° 176-2020-GRENMDEA de la Gerencia de Rentas solicita se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza N° 696-MDEA de fecha 12 de Junio del 2020 hasta el 15 de Septiembre del 2020; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 183-2020-GAJ-MDEA, considerando los informes de vistos opina favorablemente para que mediante Decreto de Alcaldía se establezca la prórroga del vencimiento de la Ordenanza N° 696-MDEA de vigencia es el 31 de Julio

Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 696-MDEA que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales y administrativos
DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2020-MDEA El Agustino, 28 de Agosto del 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO

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