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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (09/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 138

138 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de setiembre de 2020 / El Peruano favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086; Que, por ello, con O fi cio N° 2557-19-MML-IMP-DE de fecha 27 de diciembre de 2019, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP, remite el Informe CEZ N°076-2019-MML-IMP-DE/DGPT, por el cual emite opinión favorable al cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), ya que el inmueble materia de la solicitud forma parte de un sector consolidado del Distrito de La Victoria, delimitado por las avenidas Nicolás Arriola, Vía Expresa, Canadá y Javier Prado Este, ubicadas en el área central de Lima Metropolitana, siendo el uso comercial predominante en las principales vías del sector, inclusive en sus vías locales (Avenida San Eugenio y Santa Catalina) de la Urbanización Santa Catalina (de uso residencial). Las limitaciones y restricciones en el desarrollo de actividades comerciales, como restaurantes, hoteles y tiendas especializadas, en el inmueble, como en su entorno, son evidentes al compararlas con el Índice de Usos vigente y de aplicación para el distrito; sin perjuicio de ello, la Av. San Eugenio, vía local con separador central módulos de berma/ estacionamiento, puede adaptarse al uso comercial (vecinal) como lo pretendido por el solicitante, sin necesidad de generar mayor impacto negativo en la urbanización; y de ser el caso, si sucediera lo contrario, se pueden realizar las medidas de mitigación con el acto administrativo subsiguiente, como lo es la Licencia de Edi fi cación, a través de un Estudio de Impacto Vial (EIV) sin mayor relevancia. Es por ello que lo considera viable por ser concordante con su entorno urbano inmediato; Que, a través del Informe Nº 042-2020-MML-GDU- SPHU-DP, de fecha 22 de enero de 2020, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, concluye que el cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV) para el predio ubicado en la Av. San Eugenio N° 961, Distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, con un área de 200.00 m2, de propiedad de a la Sra. Austragilda Doris León Payaliht, resulta Favorable, haciéndose extensivo a todo el frente de la manzana donde se ubica el predio (cuadra 9 de la Av. San Eugenio). Por lo que, las condicionantes normativas vigentes no han permitido desarrollar actividades urbanas comerciales de alcance vecinal, así como tampoco se ha incentivado la presencia de actividades y usos mixtos (comercio y vivienda) sobre el eje urbano de la Av. San Eugenio, que permitan al residente del lugar contar con los servicios de alcance local cerca al lugar de residencia evitando desplazamientos largos. De esa manera, el cambio de zonifi cación a Comercio Vecinal permite consolidar esta vía como un eje urbano con desarrollo de usos mixtos con actividades comerciales compatibles con la Zoni fi cación de Comercio Vecinal para el Área de Tratamiento Normativo II, siendo la actividad solicitada consecuente con la visión de desarrollo del distrito, el cual considera como objetivo estratégico: “Incrementar la formalización de las actividades económicas en el distrito”; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 063-2020-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LA VICTORIA APROBADO POR ORDENANZA N° 1082 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de La Victoria, aprobado mediante Ordenanza N° 1082, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el inmueble de 200.00 m2, ubicado en la Av. San Eugenio N° 961, Distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, solicitada por la señora Austragilda Doris León Payaliht, a través del Expediente N° 113266-2019, debiéndose hacer extensivo dicho cambio a todo el frente de la Av. San Eugenio, conforme al anexo N° 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore, en el plano de zoni fi cación del distrito de La Victoria, la modi fi cación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3. Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de La Victoria, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación a la administrada. Artículo 4. Encargar a la Secretaria General de Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; así como a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente instrumento, en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1883347-3 Aceptan donación de Kits PCR Múltiple de tiempo real para detección del nCOV-19 a favor de la Municipalidad y aprueban su donación a favor del Instituto Nacional de Salud ACUERDO DE CONCEJO N° 248 Lima, 24 de agosto de 2020EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO;El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha: VISTO, la Comunicación Electrónica de la Gerencia de Plani fi cación; el Informe N° 104-2020-MML-GP-SCTI y el Informe N° 105-2020-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional de la Gerencia de Plani fi cación; la Comunicación Electrónica de la Gerencia de Administración; el Informe N° 34-2020-MML/GDS-SSP de la Subgerencia de Salud Pública de la Gerencia de Desarrollo Social y el Informe N° 323-2020-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Decreto Legislativo N° 1460, Decreto Legislativo que fl exibiliza el procedimiento para la aceptación de donaciones provenientes del exterior, en las entidades y dependencias del sector público en el marco de la cooperación internacional no reembolsable, tiene por objeto fl exibilizar el procedimiento para la aceptación de donaciones provenientes del exterior y como fi nalidad el asegurar la atención prioritaria de la población más vulnerable del país y de la población en general, en tanto que se permitirá contar oportunamente con reactivos, instrumentos, equipos médicos, equipos de protección