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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (09/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 137

137 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de setiembre de 2020 El Peruano / mediante la cual se indica que, en caso la entidad distrital destine el lote materia de la presente afectación de uso a un fin distinto al asignado, la presente afectación quedará cancelada; Que, el Informe Final de Estimación de Riesgos N° 556-2018-MML-GDCGRD-SEPRR, de fecha 22 de junio de 2018, de la Subgerencia de Estimación, Prevención, Reducción y Reconstrucción de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres, señaló que el AA.HH. Proyecto Integral Villa Santa Rosa Mz. E, Lote 13, del Distrito de Villa María del Triunfo, presenta condiciones aceptables de Seguridad en Defensa Civil, comprendidas en la Directiva N° 016-2006-INDECI/10.2 normas y procedimientos para la programación y ejecución de la estimación del Riesgo y demás normas relacionadas con la seguridad; Que, por ello, con Informe N° 541-2018-MML/GSCGA- SGA-DAVE, de fecha 05 de setiembre de 2018, el Ingeniero Ambiental y de Recursos Naturales de la Subgerencia de Gestión Ambiental precisó que, en atención a los considerandos y conforme al literal d) del artículo 21° de la ordenanza N° 1852, emite opinión ambiental Favorable en relación con la solicitud de Desafectación presentada por el recurrente; Que, Informe N° 410-2018-MML-GDU-SPHU-DD, de fecha 27 de noviembre de 2018, la División de Desafectaciones de la Jefatura de la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas señala que, de la inspección ocular realizada, y en concordancia con las opiniones técnicas materia de autos, concluye en declarar Viable la petición de desafectación formulada por la peticionante, por encontrarse enmarcada en el literal b) del artículo 28 de la Ordenanza N° 296 y modi fi catorias; Que, por su parte el Informe N° 124-2019-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 29 de marzo de 2019, la Jefatura del área legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, indica que en atención a los informes antes expuestos; así como, el análisis efectuado a literal b) del artículo 28 de la Ordenanza N° 296, y modi fi catoria, y la solicitud de desafectación formulada por la recurrente, su Despacho considera debe ser declarada “favorable”. Asimismo, precisó que la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura tendrá que pronunciarse por él mismo, ya que se encuentra bajo la competencia y discrecionalidad del Concejo Metropolitano; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 024-2020-MML-CMDUVN, de fecha 05 de febrero de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE USO DE SUELO EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo 1.- Declarar favorable la solicitud de la desafectación de uso con fi nes de vivienda para el área de 120.00 m2, que forma parte de un área mayor de 388.00 m2 cali fi cado como Parque Jardín, constituido por la Mz. E Lote 13, que forma parte del Asentamiento Humano Proyecto Integral Villa Santa Rosa, sector Paraíso Santa Rosa, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, formulada por la Señora Alicia Nicolasa Huachaca Paniora, mediante el Expediente N° 264132-2016. Artículo 2.- Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación a la administrada. Artículo 3.- Encargar a la Secretaria General de Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; así como a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente instrumento en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1883347-2 Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de La Victoria aprobado por Ordenanza N° 1082 ORDENANZA N° 2266 Lima, 28 de agosto de 2020EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana; así como, las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales, las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, de fecha 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, con Ordenanza N° 2086, de fecha 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y se deroga la Ordenanza N° 1911; Que, a través de la Ordenanza N° 1082, de fecha 18 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de la Victoria y San Luis, que son parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana; Que, en ese sentido, con Expediente Nº 113266-2019 de fecha 10 de abril de 2019, la señora Austragilda Doris León Payaliht, identi fi cada con DNI. N° 09240463, solicitó cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad de Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el terreno de 200.00 m², ubicado en la Av. San Eugenio N° 961, Distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; Que, mediante O fi cio N° 668-2019-MML-GDU- SPHU de fecha 30 de abril del 2019, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de La Victoria, que en uso de sus competencias, aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente dentro del plazo de treinta (30) días; vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entendería como opinión