NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (30/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 14
14 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de setiembre de 2020 / El Peruano Servicio Alimentario 2021, del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante Bases Estandarizadas), el mismo que contiene las reglas que deben cumplir los postores, proveedores, integrantes de los Comités de Compra y personal del Programa, durante el desarrollo del Proceso de Compras 2021; también contiene las disposiciones, lineamientos y procedimientos aplicables para la selección, adjudicación de proveedores y la correspondiente ejecución contractual, así como precisiones, modi fi caciones e innovaciones, que permiten una mejora en los procedimientos del Proceso de Compras que deben seguir los Comités de Compra, con la asistencia técnica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, en el citado Informe, la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos recomienda que se disponga el inicio de las convocatorias a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución; Que, la Unidad de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº D000439-2020-MIDIS/PNAEQW-UAJ, señala que el Manual del Proceso de Compras aprobado para el año 2021, establece disposiciones, lineamientos y procedimientos aplicables a los actos preparatorios, selección de proveedores y la correspondiente ejecución contractual. Con relación a la etapa de los actos preparatorios, el literal b) del sub-numeral 6.1, del numeral 6 del citado Manual del Proceso de Compras, establece que “Las unidades orgánicas de la Sede Central revisan, y de ser el caso, actualizan los documentos técnicos y normativos (...) en el marco de sus funciones y competencias, de acuerdo al cronograma aprobado por la Dirección Ejecutiva” , por lo que el proyecto de Bases Estandarizadas presentado se enmarca dentro de los actos preparatorios del Proceso de Compras 2021; Que, se indica en el citado Informe que el literal c) del sub-numeral 6.1 del numeral 6 del Manual del Proceso de Compras vigente para el Proceso de Compras 2021, establece que: “La revisión y actualización de las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras para la prestación del servicio alimentario del PNAEQW está a cargo de la UGCTR, en coordinación con las unidades orgánicas de la Sede Central y de las Unidades Territoriales, en el marco de sus funciones y competencias.” Así, de acuerdo a lo señalado en el Manual del Proceso de Compras, así como a lo previsto en el Manual de Operaciones vigente, corresponde a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos la elaboración del proyecto de Bases Estandarizadas para la Prestación del Servicio Alimentario 2021; Que, en atención a lo señalado en el Informe Nº D000439-2020-MIDIS/PNAEQW-UAJ, el proyecto de Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2021, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2021, cumple con de fi nir las reglas de obligatorio cumplimiento por parte de los postores, proveedores, integrantes de los Comités de Compra y personal del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, durante el desarrollo del Proceso de Compra y la gestión del servicio alimentario, por lo que resulta viable su aprobación; Con el visado de la Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación; la Unidad de Organización de las Prestaciones; la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial Nº 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial Nº 081-2019-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2021, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2021 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, que forman parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2.- Disponer que los Comités de Compra, a nivel nacional, inicien las convocatorias del Proceso de Compras Electrónico correspondientes a su ámbito de cobertura, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, conforme al cronograma establecido en el Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000212-2020-MIDIS/PNAEQW-DE. Artículo 3.- Facultar a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos, a desarrollar las acciones necesarias que conlleven al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano hacer de conocimiento la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, debiendo la Unidad de Comunicación e Imagen efectuar la publicación de la presente Resolución, las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2021, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2021 en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano y su respectiva difusión. Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDY HINOJOSA ANGULO Director EjecutivoPrograma Nacional de Alimentación EscolarQali Warma 1888898-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 290-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, y utilizando el procedimiento establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440; estableciendo que dichos recursos se destinan, únicamente, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que los mencionados pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de las mismas; Que, mediante los O fi cios Nºs 500, 538-2020/IN/ DM y 1048-2020-MINDEF/DM, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa, respectivamente, solicitan una transferencia de partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia para el fi nanciamiento