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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (03/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Sábado 3 de abril de 2021 El Peruano / Tienen derecho a voz, pero no a voto. La agenda de las sesiones en las que, por invitación de la CMCR participan representantes de la sociedad civil y del sector privado, se publica en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros. 20.4 Las decisiones de la CMCR se adoptan por unanimidad con el sustento debido. En caso de no lograrse un consenso, las decisiones se toman por mayoría previa fundamentación de los votos. En el Reglamento Interno de la CMCR se establecen los supuestos y lineamientos a seguir en el caso de no lograrse el consenso entre los miembros de la CMCR. 20.5 Para la elaboración y propuesta del Manual para la aplicación de AIR Ex Ante, del Manual del Evaluador y metodologías complementarias establecidas en la Primera, Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento, así como las posteriores actualizaciones, modi fi caciones o complementaciones se requiere la conformidad por consenso de todos los miembros de la CMCR, suscrita en el acta respectiva como condición previa a continuar con el proceso de aprobación. Artículo 21. Funciones de la CMCR21.1 La CMCR tiene las siguientes funciones:1. Validar el AIR Ex Ante y el proyecto de regulación que presenten las entidades públicas del Poder Ejecutivo, en el marco de lo dispuesto en el artículo 10 del presente Reglamento, en base a la evaluación presentada por la Secretaría Técnica. 2. Proponer recomendaciones o mejoras a los lineamientos sobre el AIR Ex Ante emitidos por los organismos reguladores para mantener coherencia con el ordenamiento jurídico. 3. Velar por el cumplimiento del presente Reglamento, el Manual para la aplicación del AIR Ex Ante y demás documentos complementarios. 4. Proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros, la aprobación del Manual para la aplicación del AIR Ex Ante; el Manual del Evaluador y metodologías complementarias; así como las posteriores actualizaciones o modi fi caciones que estime pertinentes. 5. Presentar anualmente un resumen ejecutivo al/la Presidente(a) del Consejo de Ministros sobre resultados y grado de avance del proceso de implementación del AIR Ex Ante en las entidades públicas. Artículo 22. Conformación de Equipos Técnicos Especializados de la CMCR 22.1 Para el cumplimiento adecuado de sus funciones y el fortalecimiento de las capacidades de evaluación técnica, la CMCR conforma equipos técnicos especializados, integrados por especialistas de las entidades públicas miembros de la CMCR, quienes participan integralmente con la Secretaría Técnica en el proceso de evaluación del AIR Ex Ante teniendo en cuenta la materia y los impactos del proyecto regulatorio que se quiere evaluar. 22.2 La CMCR puede solicitar la participación de aquellas entidades públicas y del sector privado vinculadas a las materias e impactos del proyecto regulatorio que se quiere evaluar, previa fundamentación y por decisión consensuada. No pueden participar los profesionales que estuvieron involucrados directa o indirectamente en la propuesta del proyecto regulatorio. 22.3 El mecanismo para la conformación de los equipos técnicos especializados se establece en el Reglamento Interno de la CMCR. Artículo 23. Secretaría Técnica La Subsecretaría de Simpli fi cación y Análisis Regulatorio, o la que haga sus veces, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, ejerce el rol de Secretaría Técnica de la CMCR. Artículo 24. Funciones de la Secretaría Técnica24.1 La Secretaría Técnica tiene las siguientes funciones:1. Evaluar con los equipos técnicos especializados conformados por la CMCR, el documento que sistematiza el AIR Ex Ante, la exposición de motivos y el proyecto de regulación que presenten las entidades públicas del Poder Ejecutivo en el marco de lo dispuesto en el artículo 10 del presente Reglamento y presentar los resultados a la CMCR para la validación respectiva. 2. Revisar que las entidades públicas del Poder Ejecutivo hayan cumplido con remitir toda la documentación completa relativa al AIR Ex Ante y su proyecto de regulación previo al inicio de la evaluación. 3. Coordinar, brindar asesoría y asistencia técnica a las entidades públicas para la implementación del AIR Ex Ante. 4. Coordinar y hacer seguimiento del cumplimiento del presente Reglamento, del Manual para la aplicación del AIR Ex Ante, de los instrumentos y metodologías, manteniendo informada a la CMCR. 5. Invitar a especialistas de otros sectores, o especialistas o representantes de la sociedad civil y del sector privado cuando resulte necesario teniendo en cuenta el tema a evaluar. 6. Mantener coordinación técnica con los equipos multidisciplinarios de las entidades públicas, así como apoyar en el proceso de articulación de las entidades públicas cuando se trate de proyectos regulatorios de carácter multisectorial. 7. Formular y proponer a la CMCR el resumen ejecutivo anual sobre resultados y avances o mejoras en la aplicación del AIR Ex Ante. 8. Recibir, consolidar y llevar un registro ordenado de los reportes de evaluación de impacto regulatorio realizado por los organismos reguladores. 9. Proponer a la CMCR el proyecto de Manual para la aplicación del AIR Ex Ante, el Manual del Evaluador y metodologías complementarias, así como las posteriores actualizaciones o modi fi caciones que estime pertinentes. 10. Difundir a través del aplicativo informático AIR u otro medio electrónico: el documento que sistematiza el AIR Ex Ante, la exposición de motivos y el proyecto normativo remitido por la entidad pública del Poder Ejecutivo, las evaluaciones y el resultado que realice la CMCR, los proyectos regulatorios que se encuentran exceptuados del AIR Ex Ante, y demás información complementaria que se emita en las distintas fases del proceso del AIR Ex Ante. 11. Otros que le asigne la CMCR. Artículo 25. Reglamento Interno y Manual del evaluador del AIR Ex Ante por parte de la CMCR 25.1 La CMCR, a través de su Secretaría Técnica, propone a la Presidencia del Consejo de Ministros su Reglamento Interno para su aprobación mediante resolución ministerial, el cual contiene los lineamientos para la conformación de equipos técnicos especializados, la interacción con el sector privado, la toma de acuerdos, entre otros. 25.2 La CMCR, a través de su Secretaría Técnica, propone a la Presidencia del Consejo de Ministros el Manual del Evaluador donde se establecen los lineamientos y criterios a seguir en su proceso de evaluación para su aprobación mediante resolución ministerial. Artículo 26. Cooperación con otras instituciones La CMCR puede invitar a representantes de otros Poderes del Estado, organismos constitucionalmente autónomos, entidades públicas, privadas, academia a nivel nacional o internacional para que coadyuven al cumplimiento de su objetivo. El Reglamento Interno establece los lineamientos para la implementación del presente artículo. Artículo 27. Participación del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y demás entidades públicas que administran información o fi cial 27.1 El Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, y demás entidades públicas que produzcan, posean o administren información o fi cial brindan datos