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39 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de abril de 2021 El Peruano / INTERIOR FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 002-2021-IN Mediante O fi cio Nº 000576-2021-DP/CM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 002-2021-IN, publicado en la edición del día 24 de marzo de 2021 En el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 002-2021- IN, literal f del artículo 10-A del Reglamento de la Ley Nº 26574, Ley de Nacionalidad. DICE:“f. ..., procede a elaborar el informe legal respectivo y de ser el caso formula el Proyecto de la Resolución Ministerial, ...” DEBE DECIR:“f. ..., procede a elaborar el informe legal respectivo y de ser el caso formula el Proyecto de la Resolución Suprema, ...” 1941277-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan a el/la representante del Ministerio, ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada “Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente encargada de proponer, realizar el seguimiento y fiscalizar la implementación de las medidas y acciones estratégicas para el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios en el país” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2021-MIMP Lima, 6 de abril de 2021VISTA, la Nota N° D000386-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2021- MC se crea la Comisión Multisectorial, de naturaleza permanente, denominada “Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente encargada de proponer, realizar el seguimiento y fi scalizar la implementación de las medidas y acciones estratégicas para el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios en el país”, dependiente del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo dispone que la mencionada Comisión Multisectorial está integrada, entre otros, por el/la Ministro/a de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quien cuenta con un/a representante alterno/a y que la participación de dichos representantes es ad honorem; Que, por su parte, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Supremo N° 005-2021-MC establece que las entidades públicas que conforman la Comisión Multisectorial designan a su representante alterno/a, mediante resolución de el/la Titular de la entidad correspondiente, la misma que es comunicada a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial el mismo día de realizada; Que, atendiendo a lo señalado en el documento de vista, corresponde designar a el/la representante alterno/a del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la citada Comisión Multisectorial; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, la Secretaría General y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 005-2021-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a el/la representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada “Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente encargada de proponer, realizar el seguimiento y fi scalizar la implementación de las medidas y acciones estratégicas para el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios en el país”, creada por Decreto Supremo N° 005-2021-MC, de acuerdo al detalle siguiente: El/La Director/a General de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado, como representante alterno. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo N° 005-2021-MC, así como al órgano del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aludido en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1941227-1 PRODUCE Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre industria de la pintura y el color, gas licuado de petróleo (GLP) y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004-2021-INACAL/DN Lima, 29 de marzo de 2021 VISTO : El acta de fecha 26 de marzo de 2021 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO : Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos