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44 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de abril de 2021 / El Peruano contar con un único Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS. Dicho documento tiene como fi nalidad establecer condiciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento ”; además, precisa las disposiciones mínimas que debe contener; Que, en esa línea, el Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS es el instrumento de gestión único que establece las condiciones en las que se desarrolla el servicio civil en las entidades públicas, el mismo que, conforme a la segunda disposición complementaria fi nal del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, resulta aplicable a todos los servidores civiles de las mismas, comprendidos en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 276, 728, 1057 y la Ley N° 30057; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos ha precisado, en el considerando 2.6 del Informe Técnico N° 1280-2016-SERVIR/GPGSC, que: “En tanto no exista normativa de SERVIR que desarrolle de manera más especí fi ca el contenido del RIS, las entidades deben tener en cuenta para la elaboración de dicho documento que algunas de sus disposiciones- desde el literal a) hasta el n) establecidas en el segundo párrafo del artículo 129 del Reglamento General -pueden ser de aplicación común a los regímenes de la Ley del Servicio Civil y de los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057- CAS (por ejemplo, en el caso de las faltas disciplinarias leves que acarren la sanción de amonestación, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otros) ”; precisando el Ente Rector que “ debe advertirse que otras disposiciones del RIS pueden tener distinta aplicación en cada régimen laboral por ejemplo, derechos y obligaciones del personal, las jornadas de trabajo, horarios, descansos, entre otros) ”; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 034-2018-BNP-GG de fecha 19 de diciembre de 2018 se aprobó el Reglamento interno de los/as servidores/as civiles de la Biblioteca Nacional del Perú - RIS; Que, a través del Memorando N° 000578-2020-BNP- GG-OA de fecha 01 de mayo de 2020, la O fi cina de Administración remitió a la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico N° 110-2020-BNP-GG-OA-ERH a través del cual su Equipo de Trabajo de Recursos Humanos presentó la propuesta de actualización del RIS en base a los dispositivos vigentes para el debido cumplimiento de orden interno y laboral a las que están sujetos los servidores de la entidad; Que, posteriormente, por medio del Memorando N° 000003-2021-GG-OA de fecha 04 de enero de 2021, la Ofi cina de Administración hizo suyo y remitió a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto el Informe N° 000005-2021-BNP/GG-OA-ERH, proponiendo se apruebe el Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú, con las modi fi caciones e implementaciones indicadas por la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Memorando N°000197-2020-BNP-GG-OAJ, de fecha 03 de agosto de 2020; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorando N° 000173-2021-GG-OPP de fecha 22 de febrero de 2021, remitió a la O fi cina de Asesoría Jurídica el Informe Técnico N° 000018-2021-GG-OPP-EMO de su Equipo de Trabajo de Modernización, con el cual emitió opinión favorable a la propuesta de Reglamento mencionada precedentemente, precisando que “ La propuesta de RIS tiene por objetivo establecer las disposiciones básicas de orden interno y laboral a las que se sujetan los/as servidores/as civiles de la Biblioteca Nacional del Perú a fi n de contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales ”; Que, con Informe Legal N° 000069-2021-BNP-GG- OAJ de fecha 31 de marzo de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica señaló que la propuesta de Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú contiene las disposiciones mínimas establecidas en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 30057; por lo que, resulta viable su aprobación a través de una resolución de Gerencia General; Con el visado de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración ,y del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el Reglamento Interno de los/ las Servidores/as Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú, que consta de quince (15) capítulos, setenta y un (71) artículos, cinco (05) Disposiciones Complementarias y dos (02) Disposiciones Finales, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO el “Reglamento interno de los/as servidores/as civiles de la Biblioteca Nacional del Perú”, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 034-2018-BNP-GG de fecha 19 de diciembre de 2018. Artículo 3.- DISPONER que la O fi cina de Administración difunda el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 4.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FELIPE PALOMARES VILLANUEVA Gerente GeneralBiblioteca Nacional del Perú 1941105-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Electro Oriente S.A. contra la Resolución Osinergmin Nº 005-2021-OS/GRT e incorporan informes RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 022-2021-OS/GRT Lima, 5 de abril de 2021CONSIDERANDO:1. ANTECEDENTESQue, Resolución Nº 005-2021-OS/GRT (en adelante, Resolución 005), publicada el 30 de enero de 2021 se aprobó, entre otros, la liquidación fi nal del programa de transferencias del Bono Electricidad, en cumplimiento del Decreto de Urgencia 074-2020, Decreto de Urgencia que crea el Bono Electricidad en favor de