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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (07/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de abril de 2021 El Peruano / Nº CARGONOMBRES Y APELLIDOSDNIEMPRESA PRESTADORAINICIO DE LABORES 4Gerente ComercialGREGORIO TORRES RUA28287634Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal de Pisco Sociedad Anónima - EPS EMAPISCO S.A.06/04/2021 5Gerente de OperacionesRUBÉN DÁVILA VILLANUEVA33669647Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima - EPS SEMAPACH S.A.06/04/2021 6Gerente GeneralJAIME MIGUEL FERNÁNDEZ GARAY25772213Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima - EPS EMAPICA S.A.06/04/2021 7Gerente de Administración y FinanzasCARLOS ALBERTO JUÁREZ ALFARO04644377Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima - EPS EMAPICA S.A.06/04/2021 8Gerente de Asesoría JurídicaJUAN CARLOS BUENO RIVERA20699975Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima - EPS EMAPICA S.A.06/04/2021 9Gerenta GeneralKETTY RUTH ROSALES HINOSTROZA21135409Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur Sociedad Anónima – EMAPAVIGS S.A.06/04/2021 10Gerenta GeneralGISELA DEL ROCÍO ZELADA CORTEZ09865663Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantaril- lado de Lambayeque Sociedad Anónima - EPSEL S.A.06/04/2021 11Gerente de Administración y FinanzasWALTHER MARTHIN FAYA INFANTES40780960Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantaril- lado de Lambayeque Sociedad Anónima - EPSEL S.A.06/04/2021 Artículo 4. Encargo de gestiones administrativas Encargar al Director Ejecutivo del Organismo Técnico de la Administración de Servicios de Saneamiento las gestiones administrativas necesarias para la implementación de la presente Resolución. Artículo 5. Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ERNESTO MONTALVA DE FALLA Presidente del Consejo Directivo 1941252-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Designan responsables del correcto cumplimiento del proceso de gestión de reclamos del SENACE RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00013-2021-SENACE-GG Lima, 5 de abril de 2021VISTO: El Memorando Nº 00080-2021-SENACE-GG/ OAC; el Informe Nº 00002-2021-SENACE-RLR de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria; el Memorando Nº 00046-2021-SENACE-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 00056-2021-SENACE-GG/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el Decreto Supremo Nº 007-2020-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 17 de enero de 2020, estableció las disposiciones para la gestión de reclamos de las entidades de la Administración Pública, disponiendo el alcance, las condiciones, los roles y responsabilidades y las etapas del proceso de gestión de reclamos ante las entidades de la Administración Pública; estandarizando el registro, atención y respuesta, notifi cación y seguimiento de los reclamos interpuestos por las personas; y, derogando el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, que estableció la obligación de las entidades del Sector Público de contar con un libro de reclamaciones, una vez implementadas las disposiciones del Decreto Supremo Nº 007-2020-PCM conforme a los plazos, cronograma y condiciones establecidos por Resolución de Secretaría de Gestión Pública, de acuerdo a la segunda disposición complementaria fi nal del referido decreto supremo; Que, según lo dispuesto en el literal d) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 007-2020-PCM, una de las responsabilidades de la máxima autoridad administrativa de la entidad, es designar formalmente a los funcionarios o servidores civiles como responsable titular y alterno, encargados de asegurar el correcto cumplimiento del proceso de gestión de reclamos de la entidad; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Senace; Que, la tercera disposición complementaria final del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, dispone la adecuación de la denominación de las Secretarías Generales de los Organismos Públicos, como Gerencias Generales, a partir de la vigencia de dicha norma; Que, en concordancia con el citado artículo, en el numeral 1 de la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo Nº 007-2020-PCM, se dispone que, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles contados desde el día siguiente de publicada la Resolución de Secretaria de Gestión Pública referida en la primera disposición complementaria fi nal del citado decreto supremo, la entidad debe designar por primera vez al responsable de la gestión de reclamos, titular y alterno, comunicando dicha designación a la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, al respecto, mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 001-2021-PCM/SGP, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de enero de 2021, la Secretaria de Gestión Pública aprobó la Norma Técnica Nº 001- 2021-PCM-SGP “Norma Técnica para la Gestión de Reclamos en las entidades y empresas de la Administración Pública”, con el objetivo de que las entidades cuenten con disposiciones técnicas que le permitan la implementación efectiva del proceso de gestión de reclamos; Que, en consecuencia, habiéndose publicado la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 001-2021-PCM/SGP el 13 de enero de 2021, la máxima autoridad administrativa de la entidad cuenta con un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles,