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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (14/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de abril de 2021 El Peruano / ENERGIA Y MINAS Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica-CONADIB RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 105-2021-MINEM/DM Lima, 8 de abril de 2021VISTOS: O fi cio Múltiple N° 0029-2020-MINAM/ VMDERN/DGDB, de la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente; el Informe N° 101-2021/MINEM-DGAAM-DGAM, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros; el Memorando N° 0384-2021/MINEM-DGAAH, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos; el Informe N° 230-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema N° 227-93-RE se conformó la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica-CONADIB (en adelante, la Comisión Nacional) que estará encargada de realizar las coordinaciones pertinentes con los diversos sectores públicos y privados concernidos en la materia, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Convenio sobre la Diversidad Biológica, así como realizar el seguimiento de los compromisos asumidos en dicho Convenio; Que, mediante el Decreto Supremo N° 007-2009-MINAM se adecúa la Comisión Nacional a las disposiciones previstas en el Decreto Legislativo N° 1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM) y a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 111- 2018-MEM/DM se designaron a los representantes titular y alterno del Ministerio de Energía y Minas ante la Comisión Nacional; Que, mediante el O fi cio Múltiple N° 0029-2020-MINAM/ VMDERN/DGDB, la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente solicita la rati fi cación o actualización de los representantes del Ministerio de Energía y Minas ante la Comisión Nacional; Que, con documentos de Vistos, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros y la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos proponen a los representantes titular y alterno del Ministerio de Energía y Minas ante la Comisión Nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Suprema N° 227-93-RE, Resolución Suprema que creó la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 007-2009-MINAM, Decreto Supremo que adecua a la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica-CONADIB a las disposiciones previstas en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM) y a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida las designaciones efectuadas con Resolución Ministerial N° 111-2018-MEM/DM. Artículo 2.- Designar a los representantes del Ministerio de Energía y Minas ante la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica-CONADIB, creada por Resolución Suprema N° 227-93-RE, de acuerdo al siguiente detalle:- Señora Laura Melissa Alegre Bustamante, profesional de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, como representante titular. - Señor Carlos Alfonso Vidal Herrera, profesional de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, como representante alterno. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio del Ambiente, y a los representantes designados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GALVEZ DELGADO Ministro de Energia y Minas 1942758-1 Conceden medida cautelar, solicitada por la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C., para la ocupación, paso y tránsito de áreas materia de la servidumbre sobre predio ubicado en el distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 107-2021-MINEM/DM Lima, 13 de abril de 2021VISTOS: El escrito con registro N° 3088424, sobre otorgamiento de medida cautelar presentado por la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. con la fi nalidad que le permita el ejercicio de los derechos derivados de una servidumbre, cuyo procedimiento de otorgamiento se encuentra en trámite; el Informe Técnico Legal N° 087-2021-MINEM/DGH-DGGN-DNH, de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 271-2021-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 007- 2019-EM de fecha 24 de julio de 2019, se otorgó a la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. (en adelante, GASNORP), la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura, suscribiéndose el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura entre GASNORP y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energía y Minas, el 08 de noviembre de 2019 ( en adelante, Contrato de Concesión); Que, el artículo 79 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM (en adelante, TUO de la Ley N° 26221), establece que el servicio de distribución de gas natural por red de ductos constituye un servicio público; Que, en esa misma línea, el artículo 3 de la Ley N° 27133, Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, declara de interés nacional y necesidad pública el fomento y desarrollo de la industria del gas natural, así como la distribución de gas natural por red de ductos; Que, el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM (en adelante, TUO de la Ley Orgánica de Hidrocarburos), señala que las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades de distribución de gas natural podrán gestionar permisos, derechos de servidumbre, uso de agua y derechos de super fi cie, así como cualquier otro tipo de derechos y autorizaciones sobre terrenos públicos o privados, que resulten necesarios para que lleven a cabo sus actividades;