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30 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de abril de 2021 / El Peruano SEGURO INTEGRAL DE SALUD Designan Director Adjunto de la Oficina General de Administración de Recursos del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 044-2021/SIS Lima, 13 de abril de 2021VISTOS: El Informe Nº 090-2021-SIS/OGAR-OGRH con Proveído Nº 174-2021-SIS/OGAR y el Informe Nº037-2021-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído Nº137-2021- SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 164-2020/SIS se resuelve designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 728, al abogado Juan Ignacio Pinedo Loyola, en el cargo de Director Adjunto de la Ofi cina General de Administración de Recursos - OGAR del Seguro Integral de Salud – SIS; Que, a través de la Nota Informativa Nº 013-2021- SIS/SG, el Secretario General informó a la Jefatura Institucional que mediante la Nota Informativa Nº 162-2021-SIS-OGAR, el Director General de la OGAR comunicó que el citado servidor ha presentado su carta de renuncia al cargo de Director Adjunto de la OGAR del SIS, razón por lo cual propone se designe al Economista Vicente Rentería Navarro en dicho cargo, propuesta que fue aprobada por la Jefatura Institucional; Que, atendiendo a lo expuesto, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos con Informe Nº 090-2021-SIS/OGAR-OGRH, el mismo que es acogido por la O fi cina General de Administración de Recursos con Proveído Nº 174-2021-SIS/OGAR, concluye que “(…) resulta viable aceptar la renuncia formulada por el Abogado Juan Ignacio Pinedo Loyola en el cargo de directivo superior de libre remoción de Director Adjunto de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados (…)”; asimismo, concluye que “(…) resulta viable designar dentro de los alcances del Decreto Legislativo Nº 728 al Economista Vicente Rentería Navarro en el cargo de directivo Superior de libre remoción de Director Adjunto de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud (…)”; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica con Informe Nº037-2021-SIS/OGAJ-DE- EYAZ con Proveído Nº137-2021-SIS/OGAJ señala que, en atención a lo informado por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos, lo solicitado se encuentra dentro del marco normativo aplicable, garantizando así la continuidad de la gestión administrativa; Con el visto del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos, de la Directora General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002- 2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el Abogado JUAN IGNACIO PINEDO LOYOLA en el cargo de Director Adjunto de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro lntegral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 728, al Economista VICENTE RENTERIA NAVARRO en el cargo de Director Adjunto de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro lntegral de Salud. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a los interesados y los Órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA MELBA MA CARDENAS Jefa del Seguro Integral de Salud 1943487-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban informe de liquidación de intereses compensatorios a febrero de 2021 a ser cancelados, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 11 de la Norma “Procedimiento de liquidación de intereses compensatorios a ser cubiertos por el Fondo de Inclusión Social Energético en el marco de lo dispuesto por los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia N° 035-2020 modificado por el Decreto de Urgencia N° 062-2020” RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 027-2021-OS/GRT Lima, 13 de abril de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM publicado el 15 de marzo de 2020, debido al brote del COVID-19, se declaró por el término de quince (15) días calendario, el Estado de Emergencia Nacional, disponiendo entre otros, el aislamiento social obligatorio, así como la continuidad de los servicios de energía eléctrica, gas y combustible. Con los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064- 2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083- 2020-PCM, N° 094-2020-PCM, N° 116-2020- PCM, N° 135-2020-PCM, N° 146-2020-PCM, N° 174-2020-PCM, N° 184-2020-PCM, N° 201-2020-PCM, N° 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM y N° 058-2021-PCM se dispuso la prórroga sucesiva del Estado de Emergencia Nacional hasta el 30 de abril del 2021; Que, en el marco del Estado de Emergencia Nacional, mediante Decreto de Urgencia N° 035-2020 (DU 035), publicado el 3 de abril del 2020 y modi fi cado por los Decretos de Urgencia N° 062-2020 (DU 062) y N° 074-2020 (DU 074) del 28 de mayo y 27 de junio de 2020, respectivamente, se disponen medidas para garantizar la continuidad de la prestación de los servicios públicos básicos para la población vulnerable, indicándose que los recibos pendientes de pago de los servicios de energía eléctrica y de gas natural de la población vulnerable que se hayan emitido en el mes de marzo del 2020 o que comprendan algún consumo realizado hasta el 30 de junio de 2020, podrán ser fraccionados por las empresas de